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La Constitución de 1991
Asamblea Admirable
Antonio Navarro Wolff, uno de los ex presidentes de la constituyente de 1991, habla de la importancia de ésta después de 15 años de haber sido promulgada
Martes 4 de julio de 2006

Bogotá-. Hace 15 años, en el Salón Elíptico del Capitolio Nacional, en medio de los acordes del “Mesías” de Handel -pues no conseguimos una orquesta que tuviera montada “Carmina Burana”, como era el deseo de la mesa directiva- sancionábamos con nuestras firmas la Constitución colombiana del siglo XXI. Porque el propósito de los al final 74 miembros de la Asamblea fue escribir una Carta que durara al menos cien años y estos primeros quince demuestran que tal meta se está logrando.

La convicción de estar escribiendo un texto clave en la institucionalidad del siglo que comienza, le dio un sello particular a los cinco meses de sesiones que terminaron hace quince años. Esas reuniones tuvieron la generosidad y yo diría que la grandeza que le ha hecho falta al funcionamiento de los cuerpos colegiados.

Aunque suene presuntuoso, creo que la Constituyente del 91 merece el título de admirable: la Asamblea Admirable. Baste anotar que la opinión positiva del cuerpo constituyente nunca fue menor al 80% medida por las encuestas de la época. Como admirables son muchas de las decisiones que se tomaron.

Para empezar, se definió un cuerpo de derechos que puso a Colombia en el siglo XXI. La definición de Estado Social de Derecho, que da al Estado de Derecho una finalidad aún superior, es el más importante de sus logros. Los derechos de los indígenas, por ejemplo, están consignados de una manera tal que nos ubicó a la cabeza de la institucionalidad del mundo entero en ese terreno. Ese Estado Social de Derecho sigue siendo un punto de llegada de cualquier gobierno que quiera definirse como genuinamente democrático. Esos derechos cuentan con instrumentos de cumplimiento, cuya eficacia ha sido más que demostrada, especialmente en el caso de la tutela.

Nadie podría contestar con exactitud cuántas vidas ha salvado la tutela aplicada para defender el derecho a la salud, pero no es exagerado afirmar que son decenas de miles.

En el tema de tutela contra sentencias, no me cabe duda de que cometimos el error de no haber dejado absolutamente establecido en la Carta que la “Corte de cierre”, la que tiene la última palabra en la interpretación constitucional de la aplicación de los derechos, es la Corte Constitucional. Esa ambigüedad la está pagando Colombia. La omisión del ‘91 se ha suplido por la vía de la interpretación, pero hoy parece inevitable hacer algo más, que en mi concepto debería ser la expedición de una ley estatutaria que precisara el carácter de última instancia de la Corte Constitucional en todos los casos en que de aplicación de derechos se trate.

La defensa de esa Corte de creación del 91 es una tarea que tiene en nuestros días la máxima prioridad. Se oyen rumores en los pasillos del Congreso sobre la necesidad de “meter en cintura” a la institución que al lado de la tutela, son las más populares y prestigiosas de la obra del 91. Es bueno que se sepa que haremos cuanto esté a nuestro alcance para preservar todos sus poderes. Ello es esencial para la sobrevivencia de los conceptos esenciales de la democracia que Colombia quiere y necesita en este siglo.

Los nacidos a finales de los cuarentas y principios de los cincuentas en el siglo XX fuimos llamados la “generación del Estado de Sitio”, pues en Colombia se gobernó con uso y abuso de ese “estado de excepción”. La normatividad del 91 ha cambiado la situación. Hoy luciría estrafalario, para decirlo de una manera gráfica, que las leyes no se tramitaran y aprobaran en el Congreso, como sucedió por tantos y tantos años sobre los temas más diversos.

Las limitaciones a los estados de excepción son una pieza clave en las nuevas relaciones entre las ramas del poder público. Y tales limitaciones están ligadas a la independencia de la Corte Constitucional.

Como es esencial, aunque apriete, la independencia de la Junta Directiva del Banco de la República. Ambas instituciones tienen miembros nombrados para períodos de ocho años como manera de evitar la ingerencia de un solo gobierno en su conformación. La reelección presidencial inmediata, la más profunda de las reformas hasta hoy aprobadas, pone en riesgo esa independencia, pues iguala ese período con el del mandatario reelegido.

Otros instrumentos del equilibrio de poderes no han funcionado bien. Son ejemplos de ello la persistencia de los auxilios parlamentarios, que ata el Congreso al gobierno, la falta de control fiscal por parte de muchas de las contralorías de las entidades territoriales que se siguen conformando por una componenda entre el ejecutivo regional y los cuerpos colegiados, las cuotas políticas en la Registraduría, que ayudan al fraude electoral. Aún siendo admirable, la Carta del 91 es una obre humana y por lo tanto siempre factible de mejoras.

Colombia fue cerrada y cerreramente bipartidista hasta el 91. Todas las tercerías políticas eran de corta duración. Ese ha sido otro cambio histórico atribuible a la Asamblea. Las nuevas reglas electorales, empezando por la distribución de los votos por parte del Estado (el tarjetón en vez de la papeleta que distribuían los partidos), la circunscripción nacional para el Senado, la facilidad para fundar partidos políticos, la posibilidad de inscribir candidatos con firmas de los ciudadanos, abrieron el sistema político, al costo de la cuasi disolución de los partidos. Para corregir ese defecto, pues no existe democracia eficaz sin partidos serios, fue necesario hace tres años introducir el umbral y obligar a las listas únicas por partido.

Rememorando acerca del asunto, creo que si esa prescripción de listas únicas por partido hubiera existido en la elección del Congreso de octubre de 1991, otro hubiera sido el curso de la política electoral en estos tres quinquenios. Pero en fin, ya el bipartidismo es cosa del pasado, y la pluralidad política organizada un hecho garantizado.

Es bueno recordar también la postración de la justicia penal antes de la creación de la Fiscalía por los constituyentes de hace 15 años. Los jueces sueltos eran incapaces de enfrentar los aparatos del crimen organizado. Hoy otro gallo canta en el gallinero y la Fiscalía General de la Nación está mostrando su valía en nuevas áreas, como los delitos cometidos por la Fuerza Pública cuando ellos no tienen relación con el servicio.

En los días posteriores a la Asamblea se dijo muchas veces que se había enriquecido la democracia, al haber pasado de la simple representación a una democracia de participación. Existen 36 artículos constitucionales ligados a mecanismos de participación. Pero su aplicación ha sido pobre, en parte, por la reglamentación hostil a muchos de ellos y porque su uso no ha sido afortunado. El ejemplo más claro de lo segundo es el referendo de 2003, que en vez de haber sido corto, popular y claramente comprensible para los ciudadanos -como estreno de esa nueva institución democrática-, fue largo, impopular y confuso. Al presidente Uribe, en este caso, le sobró ambición y le faltó sindéresis. Tal vez no oyó el consejo de su esposa, “como un obispo, Uribe, como un obispo”.

En la práctica la democracia participativa sigue sin arrancar, pero más por obra de su desarrollo y de quienes la han aplicado que por la Carta misma.

Un reconocimiento que no se le ha hecho a nuestra quinceañera es el marco para la defensa del medio ambiente que construyó. No cabe duda de que en ese terreno también Colombia tiene una legislación constitucional de punta.

Mis compañeros del Polo Democrático Alternativo denostan del contenido económico de la Carta. Creen que él permitió la entrada del neoliberalismo al país. La afirmación es verdad. Pero ello no demerita la Constitución, pues sin hacerle modificaciones puede también llevarse a la práctica el programa económico del Polo. Podría señalar media docena de artículos de claro contenido socialdemócrata, para llamarlo así, que no se han aplicado, como el que ordena un nuevo Estatuto del Trabajo. Es que el propósito de los constituyentes fue permitir que con la misma Carta se pudieran aplicar diferentes concepciones de la economía.

El problema es otro. Es que por quince años han gobernado los neoliberales. La única manera de resolverlo es ganando las elecciones y el Polo se está preparando para hacerlo.

Dos temas para terminar. La descentralización se diseñó con seriedad en le 91. El principio rector es que no hay descentralización sin transferencia de recursos. Fue el tema de más tensión entre el gobierno y la Asamblea. Sigo creyendo en él. Tenemos una Nación que sigue gastando más que lo que recauda y que decidió “echarle mano” a los recursos de la descentralización. En el anterior gobierno, se diseñó una fórmula transitoria mientras se recuperaba el crecimiento económico. Hoy crecemos de nuevo con cifras aceptables pero el voraz ejecutivo quiere más dinero y anuncia más de lo mismo. Anticipo que ello no será fácil porque departamentos y municipios, ayudados por una ley de disciplina fiscal, han dado ejemplo de ajuste y a diferencia del gobierno central, cuentan con superavit fiscal.

Finalmente la Constitución del 91 fue posible porque el voto decisivo de la plenaria de la Corte Suprema que le dio legalidad a la Asamblea fue el de un magistrado que la aceptó porque era un tratado de paz. Ese tratado enfrenta la paradoja del aumento del conflicto en el período de su vigencia. Quienes para criticarla hacen esa correlación, olvidan que ella consolidó la paz con la mitad de la insurgencia colombiana de la época y que sería mucho más grave la situación de orden público del país sin la incorporación de los 4.500 combatientes del EPL, del PRT, del Quintín Lame y de un sector del ELN que se pacificaron al calor de la Asamblea y sus resultados.

Es una pena que los acercamiento con las FARC en ese período no hubiesen fructificado. Tal vez si ella se hubiera realizado un año después la historia sería distinta.

Si fuese necesaria la convocatoria de otra Asamblea Constituyente para lograr una paz definitiva, bienvenida sea. Sin embargo, adivino que son pocas las áreas sobre las cuales pueden hacerse avances democráticos en adición a lo que ya está escrito en la Carta del 91.

Lo que sí es evidente es que en un país con la tradición presidencialista de Colombia, muchas de las instituciones del 91 deben ser piedras en el zapato de los presidentes. Por eso no es extraño que en estos quince años, a la par que desarrollarla y aplicarla así sea parcialmente, una parte importante de los esfuerzos de los demócratas ha tenido que dedicarse a defender esa Construcción colectiva del más reciente gran consenso nacional de nuestra historia: la Constitución que hoy cumple sus primeros quince años y que sobrevivirá con mucho a quienes estamos en este salón conmemorándolo.



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