Ante las denuncias presentadas por el Contralor Distrital por las pérdidas que está arrojando el arrendamiento de los principales Parques Distritales, el Concejal Wilson Duarte recordó que hace tres años logró que el Tribunal de Cundinamarca fallara en favor del Espacio Publico y la Moralidad Administrativa una Acción Popular, esta acción que cuestionaba el contrato de arrendamiento suscrito entre el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) y la firma privada Reforestación y Parques S.A.
Ese fallo obligaba a la firma Reforestación y Parques S.A., devolver al Distrito cerca de 22.000 mil millones de pesos por concepto de los recaudos que dejo de percibir el Distrito por la explotación del Parque El Salitre Mágico.
Lo más extraño y lo que muchos Juristas, Magistrados y Doctos en Derecho, han criticado es la posterior Sentencia del Concejo de Estado, donde el 22 de junio de 2006, revocó el fallo del Tribunal de Cundinamarca y dejó vigente el arrendamiento del bien de uso publico denominado “ El Salitre”, lo que se ha considerado un absurdo jurídico.
Para el Concejal Wilson Duarte es extraña la actitud del Contralor, el Personero y el Director del IDRD, quienes no coadyuvaron la defensa del fallo del Tribunal de Cundinamarca que protegía el derecho de todos a usar el Parque “El Salitre”, y haber detenido la ejecución de los contratos de arrendamiento que estaban suscritos con la firma Reforestación y Parques S.A. que hoy día administra casi todos los Parques Recreativos de Bogotá.
Después de una gran batalla jurídica emprendida por el Concejal Wilson Duarte, extrañamente la Corte Constitucional, rehusó revisar la Sentencia de Tutela, que interpusiera al Consejo de Estado, revisión que fue solicitada en insistencia tanto por el Procurador General de la Nación y por el Defensor del Pueblo.
Por eso para el Concejal del Polo Democrático Alternativo, es un galimatías los actos jurídico adoptados tanto por la Corte Constitucional como la Sentencia del Consejo de Estado que rompe una línea jurisprudencial, así pues con este desafortunado fallo se desconoce el carácter de inalienable e inenajenable de los bienes de uso publico y se generan nuevas cargas y ritos a las acciones populares, lo que traduce que en Bogotá se permitirá que los Parques de Diversión y las áreas públicas puedan ser arrendadas sin que medie ningún ente jurídico que pueda impedir la corrupción administrativa que se genera con el arrendamiento de los Parques.
Incluso un medio de Comunicación tan importante como “Ámbito Jurídico” realizo una publicación el pasado mes de septiembre del 2006, en el que se hizo un análisis jurídico sobre las irregularidades que se presentan con el arrendamiento de El Parque El Salitre, y las inconsistencias jurídicas de dicho contrato.
Lo único que salvaría a Bogotá de seguir obteniendo pérdidas por el arrendamiento de los Parques, es que la Corte Constitucional revise su decisión y confirme el fallo del Tribunal de Cundinamarca.