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El novelón del estatus político para los “paras”

Germán Reyes
Lunes 6 de agosto de 2007

En una extraña carrera justiciera, que algunos han llamado de cumplimiento de pactos del Nudo de Paramillo o de aplicación de la “soñada” Constitución para refundar la Patria a favor de los “paramilitares”, el presidente Uribe dijo "Voy a invitar a mis compatriotas (...) para que ayuden al Gobierno en el propósito de obtener una legislación que le dé el mismo tratamiento a guerrilla que a paramilitares”[1]. Ahora sí, en una forma oportunista, con velada de por medio (reunión nocturna de varias personas con la intención de divertirse y solazarse, según definición de los diccionarios), con miles de desaparecidos, esqueletos ocultos o desparramados por toda la geografía colombiana, miles de desplazados y con una reforma agraria violenta, sin antecedentes en el mundo, como hechos atribuidos a los paramilitares, se les quiere pesar en la misma balanza de los tribunales con los guerrilleros. Ahora sí hay un conflicto armado, con una guerrilla en contradicción con el Estado a la que la da estatutos político en lugar de “terroristas”, como se les ha llamado en airados discursos y a quienes se les debe aplicar la normatividad del conflicto armado, no internacional, sujeto al Derecho Internacional Humanitario y a las definiciones de la sedición en las distintas legislaciones. Si a éstos se les ha dado, o se les debe dar, estas consideraciones, por qué no a los paramilitares, ha sido la angustia de Uribe, hasta el punto de calificar a la Corte Suprema de Justicia de insolidaria con sus apreciaciones.

Una anécdota del repertorio paisa, traída por el doctor Carlos Gaviria Díaz, Presidente del Polo Democrático Alternativo (PDA), ilustra mejor la teoría que será puesta a consideración del Congreso de la República. En un pueblo alarmado por el robo de gallinas, solicitaron medidas drásticas al Alcalde y éste dictó un “decretico” de sanción a los “ladrones de aves de corral”; posterior a la medida, el pueblo continuó angustiado por el también robo de marranos y éste con su picaresca salida, incluyó una adición a la norma declarando a “los marranos como aves de corral”. Semejante parodia hoy se pretende traer a la escena.

Con el rimbombante título “Fundamentos normativos de la aplicación del delito de sedición a las autodefensas”[2], el alto comisionado de paz, el psiquiatra Luis Carlos Restrepo, acompañó la sustentación de la novedosa propuesta que será discutida en el Congreso de la República. Según él, hay ausencia de una norma clara que defina el delito político y tan sólo la tradición jurídica lo asimila con los delitos contra el régimen constitucional y legal (rebelión, sedición y asonada), por un lado, y la pertenencia a grupos al margen de la ley, contemplados en la Ley 782 de 2002 y su prórroga la Ley 1106 de 2006. En consecuencia, todo grupo al margen de la ley, que negocie o dialogue con el Estado su desmovilización, por este sólo hecho cae en el DELITO POLÍTICO. Ahora, si la intención del grupo es derrocar al gobierno (caso de la guerrilla), incurrirá en las conducta de REBELIÓN, pero si su accionar es interferir el normal funcionamiento del Estado (como las autodefensas) se comete SEDICIÓN, pero ambos cometen el delito político. Entraría, así, en el argot jurídico la teoría de la REBELIÓN y la SEDICIÓN de fácil aplicación para los llamados “operadores jurídicos” (jueces y fiscales). Las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC -paramilitares) no pretenden “derrocar al gobierno”, sino que su “benévolo propósito” fue suplantarlo o ayudarlo transitoriamente en su lucha antiinsurgente y, por consiguiente, perturbó su operatividad jurídica. Para el psiquiatra Restrepo, la Corte Constitucional no puede considerar exclusivo el delito político de la rebelión para la insurgencia, porque ésta y los paramilitares “tienen la misma retórica ideológica” para justificar sus actos.

Hoy, el gobierno de la Seguridad Democrática llama al pueblo a su solidaridad y confía ciegamente en que el Congreso de la República, con sus cuotas de incondicionales y genuflexos, no lo defraudarán en su duelo, en sus propósitos y en sus argumentos.

El debate se ha abierto. Muchas voces se han pronunciado. El procurador Edgardo Maya lo hizo: "Un delito común no puede mutarse a sedición, pues si bien la Carta Política no define lo que es un delito político, el legislador no puede, muy a pesar de su amplio poder de configuración legislativa, mutar un instituto en otro […]. Advirtió que la iniciativa del Gobierno puede abrir un boquete por donde se cuelen los ex jefes de las Auc para ganar estatus político[…]; el delito de sedición no se puede aplicar a los ’paramilitares’ porque los objetivos de esos grupos no son los mismos que describe la ley para los delitos políticos.”[3].

El novelón que dirigen los ex jefes “paras” desde las cárceles, no da muestras de improvisación. El acuerdo de Santafé de Ralito, los antecedentes de la Ley de Justicia y Paz, las “confesiones libres”, los discursos amnésicos, las desmovilizaciones de miles de jóvenes que se ausentaron temporalmente de las ciudades para colocarse camuflados que jamás habían visto y, sobre todo, las constantes amenazas de prender ventiladores contra la Casa de Nariño, han animado la genial obra. El desenlace final estaba previsto como parte del suspenso. La declaratoria de sediciosos, cuando en algunos pasajes habían dicho que sus actuaciones eran políticas de Estado, según la versión de Mancuso, ahora la quieren convertir en franca rebeldía, pero no en contra del Estado, sino de la mano de él contra la subversión. El proyecto para la última escena pretende modificar el Artículo 468 del Código Penal que define la sedición imputable a aquellos que “mediante el empleo de las armas, pretendan impedir transitoriamente el libre funcionamiento del régimen constitucional y legal vigentes”, aquí los que están contra el Estado; pero se pretende agregar un “parrafito” (no un articulito) que dice “Incurrirán en las mismas penas quienes, mediante el empleo de las armas, constituyan grupos ilegales con la pretensión de sustituir a la fuerza pública para resistir o confrontar a grupos armados organizados al margen de la ley que realizan conductas constitutivas de rebelión”, es decir, que proteja a los “paras” que se organizaron al lado o con la fuerza pública, como se ha demostrado en varios procesos penales, contra aquellos rebeldes (guerrilleros principalmente de las FARC).

El “paragrafito” pareciera cerrar las puertas a los “parapolíticos”, porque sus beneficios no serán extensivos a aquellos “quienes pretendan acceder a la función pública o tengan la calidad de servidores públicos durante su realización”. Por ahora, porque el poder de los consuetas (detrás de bastidores) también puede modificar la escena cuando se sale de su rumbo. Dirán que la ley no es retroactiva y que impera el derecho a la igualdad. Y viene un articulito nuevo : Adiciónase la Ley 1106 con un artículo nuevo que quedará así: “Artículo nuevo. Los beneficios previstos en la Ley 782 prorrogada por la Ley 1106 de 2006 sólo se conceden a los miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que se hayan desmovilizado individual o colectivamente. Estos beneficios no se aplican a las conductas constitutivas de genocidio, terrorismo, secuestro o extorsión en cualquiera de sus modalidades, desplazamiento forzado, desaparición forzada, homicidio cometido fuera de combate o colocando a la víctima en estado de indefensión, tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y aquellos a que se refiere la Ley 67 de 1993, hechos de ferocidad o barbarie o aquellos que puedan significar violaciones graves al Derecho Internacional Humanitario, crímenes de lesa humanidad y, en general, conductas excluidas de tales beneficios por la legislación interna o tratados o convenios internacionales ratificados por Colombia“.

Tremendo enredo. Seguramente, los actores no se retirarán a los camerinos, con estas trampitas que en nada les benefician o retribuyen su actuación. Prologarán el acto. Pero tienen a su favor los temidos “ventiladores”, prendidos en dirección de la Casa de Nariño, políticos, empresarios y hacia muchos de la cúpula dirigente de este país, que tantos réditos les ha traído. Habrán de escabullirse a su aplicación. Sólo han tenido una constante preocupación, el que dirá la Corte Suprema de Justicia o la Corte Constitucional. Cuando estas se pronuncien, reclamarán al presidente Uribe el incumplimiento a los acuerdos que, por demás, han sido de total hermetismo y misterio, como parte de la trama o suspenso del novelón.

Queda una arandela que, a la larga, puede desentonar el libreto. Los que no pudieron entrar en escena, que seguirán siendo perseguidos o que han sido o serán extraditados a Estados Unidos. Allá, el ventilador puede tener más poder de provocar verdaderos ventarrones y descifrar el rollo que aquí se nos oculta. El periódico El Tiempo ha presentado varios relatos: “Juan Carlos Sierra, ’El Tuso’, no es el único caso en la mira de E.U. de un capo que habría comprado una ’franquicia’ de las Auc para mutar a paramilitar […]. Los hermanos Miguel Ángel y Víctor Manuel, ’Los Mellizos’, prófugos de la justicia -y quienes merodean Santa Marta- también habrían pagado dos millones de dólares por camuflarse como paramilitares de Arauca […]. Y Francisco Javier Zuluaga, ’Gordolindo’, habría girado 2 millones de dólares para convertirse en el comandante del bloque Pacífico […]. Hasta el capo Diego Montoya Sánchez, el colombiano más buscado por E.U., se quedó con los brazaletes Auv (Autodefensas Unidas del Valle) hechos, con los que intentaba colarse en Ralito.

Algo similar le pasó al capo Gabriel Puerta Parra, capturado por la Dijín en momentos en que iba para Ralito. Hoy paga una condena de cuatro años en E.U […]. Según les narró Duarte a las autoridades, Sierra le pagó 3.000 millones de pesos al entonces inspector de las Auc, Diego Fernando Murillo, alias ’Don Berna’ o ’Adolfo Paz’, por un cupo para entrar a Santa Fe de Ralito -zona de negociación con el Gobierno- y así limpiar su historial narco .[…]. “Fuentes de inteligencia militar le dijeron a este diario que Rodríguez había "arreglado" su libertad y que estaba intentando ’comprar’ lo que quedó del bloque Tolima de las Auc. Ese grupo se desmovilizó en el proceso de paz pero algunos de sus miembros habrían quedado en armas de manera clandestina”. Mayor ® Juan Carlos Rodríguez que infiltró de mafias a las Fuerzas Militares, mientras permanecía en detención domiciliaria, pagando una condena de 12 años de cárcel”[4].

Del desenlace de este novelón, estaremos pendientes los miembros de la bancada del PDA, y para ello llamamos a los organismos internacionales, a las organizaciones defensoras de los derechos humanos, a los desplazados, a las víctimas, a las Cortes; dicho desenlace cubrirá nuestra historia de la más burda impunidad.

Bogotá D. C., 2 de agosto de 2007

[1] El Tiempo. Para dar estatutos político…., Julio 27 de 2007
[2] www.presidencia.gov.co Fundamentos normativos de la aplicación del delito de sedición
[3] El Tiempo.. Procurador se pronuncia …..; Julio 31 de 2007
[4] El Tiempo, Ediciones del 29 y 31 de Julio de 2007

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