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Rafael Cuello

La Espada de Damocles sobre la cabeza del magisterio
Martes 26 de agosto de 2008

INTRODUCCION.

La suerte está jugada: El Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, en nombre y representación del gobierno uribista, ha modificado el sistema de servicios médico-asistenciales de los docentes, docentes directivos activos y pensionados.

Nuevamente se cambian las reglas del juego establecidas en el Régimen Especial de Salud (Ley 91 del 29 de diciembre de 1989) que los maestros y maestras construimos a través de las luchas e iniciativas organizadas y lideradas por Fecode en los últimos 18 años. El propósito final de todo el andamiaje que se ha venido tejiendo por parte del gobierno, regular y recortar cada vez más la prestación de este servicio esencial y vital para el magisterio en la vía y la meta estratégica de ir llevando al magisterio hacia su integración en la Ley 100 de 1993 y su Régimen General de Seguridad Social cuyo eje se ubica en el Plan de baja calidad y cobertura conocido como el POS (Plan Obligatorio de Salud).

LAS MODIFICACIONES.

1. En cada región habrá más de un prestador de los servicios, salvo que sólo se presente un proponente o los que se presenten no alcancen los requisitos mínimos establecidos en los pliegos de condiciones (75% del puntaje total de la evaluación).

2. Con el nuevo modelo de contratación, cualquier contratista puede ser seleccionado así no tenga mayor experiencia en la prestación de éstos servicios; precisamente, el diseño de los factores de evaluación y los

3. Respectivos puntajes, corroboran lo anterior: 1) Red mínima exigida 450 puntos; 2) No. de servicios de alta complejidad 100 puntos; 3) No. de IPS acreditadas que se aporten a la red de servicios 50 puntos; No. De habitaciones unipersonales 200 puntos; 4) Modelos de medicina familiar 200 puntos. Como se puede observar, por ningún lado aparece como puntuable el aspecto de la experiencia. Es decir, en el nuevo modelo de contratación da igual ser una empresa con cero años de experiencia que tenerla o tener una mínima experiencia en la prestación de estos servicios al magisterio u otros sectores semejantes; lo que cuenta es el libre mercado y que la salud de los maestros es una mercancia y un negocio.

4. Al decir de La Previsora, los docentes tendrán la libertad de elegir entre las diferentes entidades seleccionadas para cada región; con la figura de libre elección y sin umbral. Vg. Si en una determinada región – Costa Atlántica- licitan 6 proponentes u oferentes para prestar el servicio médico y 4 de ellas obtienen el mínimo del puntaje requerido (75%), automáticamente se habilitan y adquieren el derecho a ser prestadoras de dichos servicios, para lo cual sólo se requiere como mínimo un usuario para ganar la calidad de adjudicataria. Lo anterior, sin duda alguna, al haber dos, tres o más entidades prestadoras del servicio médico en una determinada región y los educadores repartidos entre cada una de ellas, antes que sana competencia, lo que se presentará será la dispersión, la nulidad de las veedurías magisteriales y finalmente la atomización del gremio.

5. Pero, en aras del gobierno controlar total y cabalmente lo de la llamada “libre elección,” los términos de referencia y contratación señalan que en caso de presentarse un solo oferente y este ser descartado por el magisterio en tanto ningún educador lo selecciona, la Previsora se arroga el derecho de declarar desierta la licitación y en consecuencia, otorgar a dedo el contrato de prestación de servicios médicos-asistenciales de esa región a quien a bien consideren ellos sin ningún requerimiento ni concurso.

6. Se introduce en el modelo una nueva situación en cuanto a los sitios para prestar el servicio de salud, se cambia lo atinente a que se tengan sedes exclusivas para el magisterio, con el nuevo modelo éstas se reducen a 36 y se cambian y remplazan por áreas exclusivas; lo cual en el concepto del llamado libre mercado, se traducirá en las denominadas sedes de garaje (aglomeración, filas interminables, citas generales y de especialistas a destiempo, hacinamiento en el servicio hospitalario y de clínicas, etc.)

7. El modelo anterior de salud del magisterio era económico, solidario, de amplia cobertura, exclusivo, participativo e integral. Con la nueva propuesta hay cambios significativos y avances hacia la vinculación a la ley 100.

8. Se introduce un nuevo referente en la contratación: el de la llamada medicina familiar, lo cual como conceptualización el médico familiarista presta la atención del núcleo familiar con la línea de promoción y prevención; valga decir, que en Colombia este tipo de atención está poco desarrollada y aún se encuentra en unos niveles incipientes, lo cual hace que este tipo de propuesta no pasa de ser otro sofisma y posiblemente no trascenderá más allá del aspecto teórico y por ende poco o nada redundará en beneficio de la salud del magisterio.

9. El modelo de contratación será regional y éstas serán nueve (9):

- 9.1 Arauca, Cesar, Santander y Norte de Santander.
- 9.2 Bogotá
- 9.3 Caquetá, Huila, Tolima y Putumayo.
- 9.4 Antioquia y Chocó.
- 9.5 Cauca, Valle del Cauca y Nariño.
- 9.6 Boyacá, Cundinamarca, Casanare y Meta.
- 9.7 Atlántico, Bolívar, Córdoba, Guajira, Magdalena, Sucre y San Andrés Islas.
- 9.8 Caldas, Quindío y Risaralda.
- 9.9 Vaupés, Guainia, Casanare, Vichada, Amazonas

10. Los docentes que se vinculen a una determinada entidad para obtener los servicios médico-asistenciales, sólo se podrán trasladar a otra entidad diferente si existe, después del primer año de ejecución de los contratos, para lo cual deben notificar dicha voluntad de trasladarse con un mes de anterioridad.

11. El procedimiento de la “libre elección” por parte del magisterio se dará entre el 12 y el 28 de septiembre de 2008. Para lo anterior, el magisterio debe diligenciar un formato en el cual elige una entidad, finalizado el anterior proceso, devuelve a vuelta de correo certificado de respuesta pagada el formato respectivo y la copia del documento de identificación.

12. Los docentes que no escojan ninguna entidad elegible, serán asignados por La Previsora en proporciones iguales entre las elegibles que ofrezcan los servicios en la región respectiva.

13.El actual modelo establece que el magisterio no se le aplicará ninguna preexistencia, ni períodos mínimos de carencias, ni copagos ni cuotas moderadoras.

CONCLUSIONES

- Los contenidos y parámetros de la ley 100 de 1993 sigue como la espada de Damocles acercándose cada vez más, de tal forma que si no buscamos soluciones prontas a esta situación, con un nuevo envión, nos uniformarán a todos los trabajadores de la educación cercenándonos también los derechos a la salud e integrándonos total y cabalmente en dicha ley.

- En la anterior modalidad para garantizar la prestación de los servicios médico-asistenciales, se contrataba con un solo oferente por departamento, evitando así la dispersión, la selección adversa o la exclusión, contribuyendo a un mejor control y evaluación colectiva de los mismos.

- Con este modelo de contrato (regionalización y mínimo un afiliado para obtener la calidad de entidad adjudicataria) se rompe la unidad gremial de los maestros.

- Se sigue haciendo del derecho a la salud del magisterio una mercancía y un jugoso negocio vía selección y control de los contratistas.

- Se elimina la participación de los maestros en la selección y control de los contratistas.

- Lo del régimen especial se viene al piso por cuanto no se respeta la excepcionalidad de los maestros (artículo 279 Ley 100 de 1993) y porque incorpora elementos propios de la Ley 100 como la “Libre elección” y la contratación con más de una entidad de salud por región, lo cual también propicia la atomización del magisterio.

- La llamada “libre elección” es un sofisma de distracción por cuanto el gobierno mediante el sistema de calificación establecido define quienes pueden participar y ser elegibles (75% de los puntos).

- Podemos concluir que el control y la calidad de los servicios médico-asistenciales ya no será responsabilidad del Estado, sino de la mano invisible del mercado y en consecuencia, la salud de los maestros deja de ser un derecho para convertirse en una mercancía.

Cualquier comunicación o comentario dirigirse a rafcuello@gmail.com


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