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Resoluciones del Comité Ejecutivo Distrital del PDA

Resolución 002 de 2007
Jueves 12 de abril de 2007

“Por la cual se adopta el procedimiento para la inscripción de candidaturas, para el Concejo y Juntas Administradoras Locales en Bogotá”.

CONSIDERANDO:

1. Que se debe cumplir con el artículo 4 de la resolución 008 de 2007 del CEN, “Abrir las inscripciones de candidatos a los cuerpos colegiados para las elecciones de octubre de 2007 por el PDA del 10 al 30 de abril de 2007”

RESUELVE:

Artículo 1: Delegar en la Comisión de Acreditación integrada por miembros del CED las responsabilidades de:

- a. Elaborar un instructivo y ficha de inscripción que deberá ser diligenciado por los aspirantes a cargos de elección popular.
- b. Recepcionar las inscripciones de candidaturas en el horario de 9:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. en días hábiles en la sede nacional del PDA en la oficina del CED con el correspondiente recibido.
- c. Llevar un sistema clasificado de archivos en físico, en magnético y/o un libro de las inscripciones debidamente foliado donde se haga el registro de los precandidatos a los cargos de elección popular.
- d. Publicar diariamente en la página principal de la web del PDA el listado de las personas inscritas como candidatos a concejo y a ediles por localidad.
- e. Presentar al CED el listado definitivo de los aspirantes inscritos por corporación, el cual dispondrá su entrega inmediata a las coordinaciones locales al día siguiente de vencido el término establecido en el artículo 4 de la resolución 008 de 2007.
- f. Elaborar el correspondiente informe y actas que serán remitidos a la Secretaria General del PDA. De igual forma entregará copia de los listados a la oficina de comunicaciones para ser publicados en la página Web del partido.

Artículo 2: El CED designará una comisión de garantías para conocer de las diferentes quejas, reclamos y solicitudes de impugnación en el proceso de inscripción y tramitar en un término de 5 días hábiles ante la instancia correspondiente.

Artículo 3: Las funciones asignadas en la presente resolución a La Comisión de Acreditación, cesarán una vez entregado el informe final y las actas respectivas al CED y a la Secretaría General del PDA.

Artículo 4: La presente resolución rige a partir de la fecha de aprobación.

Bogotá, D.C. Abril 12 de 2007

COMITÉ EJECUTIVO DISTRITAL


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