Polo Democrático Alternativo
Martes 24 de julio de 2007
Bogotá, D.C. 12 de julio de 2007
Doctor
Jorge Enrique Robledo
Representante legal
PARTIDO POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO
Respetado doctor:
Para efectos de la organización del proceso de inscripción de listas de candidatos CON VOTO PREFERENTE, a Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y miembros de las Juntas Administradoras Locales, los Partidos y Movimientos Políticos deben asignar un número a cada candidato integrante de la respectiva lista, el cual lo identificará en la tarjeta electoral dentro del respectivo partido.
Para tal efecto, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha asignado un rango por corporación, así:
| CORPORACIÓN | RANGO |
|---|---|
| ASAMBLEA DEPARTAMENTAL | Del 1 al 31 |
| CONCEJO DISTRITO (Bogotá) | Del 35 al 79 |
| CONCEJOS MUNICIPALES | Del 35 al 55 |
| JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES | Del 80 al 90 por comuna |
Es importante precisar, que al momento de inscribir la lista, en el formulario de inscripción forma E-6, según el caso, y el aval, cada candidato debe tener asignado dicho número, el cual será determinado por el partido o movimiento político o grupo significativo de ciudadanos, mediante el mecanismo que estime conveniente.
Con relación a los candididatos a Gobernador y Alcalde, no se asignará ningún número, se identificarán únicamente con el logo del partido.
Agradecemos su gentil colaboración.
Cordialmente,
ALVARO ECHEVERRY LONDOÑO Director de Gestión Electoral
Afiliaciones
Buscar
Herramientas
![]() |
En la sección Elecciones 2007
Más artículos de: Polo Democrático Alternativo