“Por la cual se convocan las Asambleas de Delegados y Delegadas y/o de Afiliados y Afiliadas del Polo Democrático Alternativo en el Distrito de Barranquilla y en los municipios del Atlántico”.
El Comité Ejecutivo Departamental del Polo Democrático Alternativo en el Atlántico, en uso de las facultades otorgadas por el parágrafo transitorio del Artículo 27 y el artículo 28 de los estatutos del PDA y por el artículo cuarto de la Resolución 002 de 2007 emanada del Comité Ejecutivo Nacional y considerando:
1. Que el Congreso Nacional de Unidad del Polo Democrático Alternativo definió para cada una de las regiones y entes territoriales del país una estructura organizativa, de dirección y operación.
2. Que el PDA en el Distrito de Barranquilla y en los municipios del Atlántico cuenta con una corriente importante de afiliados y afiliadas y de simpatía entre la población, que requiere ser cohesionada y organizada para los fines de fortalecimiento del partido, ganar espacios de poder y estimular la movilización social.
3. Que el PDA en el Distrito de Barranquilla y en los municipios del Departamento del Atlántico, con fundamento en los estatutos y las necesidades partidarias, debe contar con su propia estructura organizativa y de dirección que operativice el ideario de unidad, los estatutos y tareas del partido.
RESUELVE:
1. Convocar la Asamblea Distrital de Delegados y Delegadas del Polo Democrático Alternativo de Barranquilla, para el día sábado 24 de marzo de 2007 a partir de las nueve de la mañana en la carrera 47 No 60-22 de Barranquilla.
2. Convocar la Asamblea de Delegados y Delegadas y/o de Afiliados y Afiliadas del Polo Democrático Alternativo del municipio de Soledad, Atlántico, para el día sábado 24 de marzo de 2007 a partir de las nueve de la mañana en SINUSOL calle 20 número 19-57.
3. Convocar la Asamblea de Delegados y Delegadas y/o de Afiliados y Afiliadas del Polo Democrático Alternativo del municipio de Malambo, Atlántico, para el sábado 24 de marzo de 2007 a partir de las nueve de la mañana en el Estadero Rancho Teo situado en la calle 10 número 17-38.
4. Convocar la Asamblea de Delegados y Delegadas y/o de Afiliados y Afiliadas del Polo Democrático Alternativo del municipio de Galapa, Atlántico, para el sábado 24 de marzo de 2007 a partir de las nueve de la mañana en el Club de Jubileo frente a Casa Grande, situado en la calle 12 con carrera 21.
5. Convocar la Asamblea de Delegados y Delegadas y/o de Afiliados y Afiliadas del Polo Democrático Alternativo del municipio de Puerto Colombia, Atlántico, para el sábado 24 de marzo de 2007 a partir de las nueve de la mañana en la sede de la Sociedad de Jubilados del Terminal Marítimo (Sojumar).
6. Convocar la Asamblea de Delegados y Delegadas y/o de Afiliados y Afiliadas del Polo Democrático Alternativo del municipio de Santo Tomás, Atlántico, para el sábado 24 de marzo de 2007 a partir de las nueve de la mañana en el Colegio Alexander Puskin situado en la calle 4 entre carreras 10 y 11.
7. Convocar la Asamblea de Delegados y Delegadas y/o de Afiliados y Afiliadas del Polo Democrático Alternativo de los demás municipios del Atlántico diferentes a los anteriores para el domingo 25 de marzo de 2007 a partir de las nueve de la mañana en los sitios que serán informados posteriormente por el Comité Ejecutivo Departamental.
8. En todas las Asambleas anteriormente convocadas se elegirán los organismos de coordinación respectivos, los cuales se integrarán por un número de miembros equivalentes al uno por ciento (1%) del total de votos depositados en el respectivo territorio en la elección de delegados al primer Congreso de Unidad del PDA realizada el 19 de noviembre del 2006.
9. En los municipios en los cuales se registró un número inferior a 500 votos en la elección de delegados al congreso, el organismo de coordinación no podrá tener un número inferior a 15 miembros, en los demás no podrá ser inferior a 21 ni superior al uno por ciento (1%) de la votación realizada el 19 de noviembre de 2006.
10. Los organismos de coordinación serán elegidos en la Asamblea Plena de los Delegados y Delegadas al Congreso Nacional de Unidad, elegidos y por derecho propio que comuniquen con ocho días de anticipación al Comité Ejecutivo Departamental su decisión de adscribirse a la respectiva circunscripción.
11. Solamente podrán asistir a estas asambleas los concejales y ediles del respectivo territorio que acrediten su asistencia al Primero Congreso Nacional de Unidad del PDA, mediante certificación de la Secretaría General del Partido.
12. Si el número de delegados y delegadas al congreso que se adscriban resulta inferior a 15 en la circunscripción en la cual se registraron menos de 500 votos, o inferior a 21 en los demás, o no hubo elección de delegados el 19 de noviembre de 2006, el organismo coordinador se elegirá en una Asamblea General de Afiliados y Afiliadas, a la cual podrán asistir quienes acrediten su afiliación o la formalicen en el acto de iniciación de la asamblea.
13. Los delegados y delegadas al Congreso Nacional de Unidad, elegidos o por derecho propio, que se hayan adscrito a una circunscripción, serán miembros por derecho propio del organismo coordinador correspondiente y la asamblea de afiliados elegirá el número que haga falta para completar la cantidad prevista en el numeral 8 de esta resolución.
14. Cada una de las coordinaciones deberán presentar dentro de los ocho días siguientes de la realización de la asamblea un informe sobre los resultados de la asamblea al Comité Ejecutivo Departamental y al Comité Ejecutivo Nacional.
15. En la integración del organismo de coordinación se cumplirá con la cuotas de 30 por ciento de mujeres y 20 por ciento de jóvenes, y la representación de las minorías, si las hubiere, de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de los Estatutos del PDA.
16. La Coordinación Distrital de Barranquilla podrá designar un Comité Ejecutivo de un máximo de treinta y un (31) miembros por tener entre un millón y dos millones de habitantes. Las coordinaciones municipales podrán designar un Comité Ejecutivo de mínimo siete miembros y de máximo veintiún (21) miembros. Los Comités Ejecutivos son instancias de decisión colectiva y podrán tener principales y suplentes personales.
17. Quien ejerza el derecho al voto en más de una asamblea de delegados o afiliados, del mismo nivel ( distrital y municipal) incurrirá en una falta ética que deberá ser investigada de conformidad con el código y los Estatutos del Partido.
18. Para que la Asamblea de Delegados y Delegadas al Congreso Nacional de Unidad, puede sesionar validamente se requiere la presencia de, por lo menos, la mitad más uno de los miembros adscritos. Para que la Asamblea General de Afiliados sesione, basta un número plural de asistentes.
19. Las impugnaciones relativas a la integración de la Asambleas o a las decisiones que adopten, serán presentadas, por cualquier participante, ante la misma asamblea, la cual decidirá en primera instancia. Las apelaciones se presentarán ante el Comité Ejecutivo del nivel territorial siguiente al cual pertenezca. En todo caso, el Comité Ejecutivo Nacional podrá revisar de oficio las decisiones adoptadas por las asambleas.
20. Las coordinaciones sesionarán con un número superior a la mitad de sus integrantes y decidirán con las mayorías relativas o calificadas exigidas en cada caso por los Estatutos o las resoluciones reglamentarias.
21. El orden del día de las asambleas será el siguiente: 1) Acreditación y verificación del quórum. 2) Elección de la mesa directiva y del presidente y secretario de la misma. 3) Instalación de la asamblea por parte de un miembro del Comité Ejecutivo Departamental del PDA. 4) Elección de la Coordinación distrital o municipal. 5) Intervención, en orden alfabético de apellidos, de los precandidatos y precandidatas a las alcaldías respectivas (15 minutos cada uno).
21. El acta de las asambleas en que se elijan las coordinaciones deberán enviarse, en un plazo no superior a ocho días al Comité Ejecutivo Departamental y al Comité Ejecutivo Nacional. El Acta contendrá como mínimo, el orden del día aprobado, la relación e identificación de los y las asistentes, las decisiones adoptadas y el resultado de las votaciones realizadas.
Dado en Barranquilla el 8 de marzo de 2007
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
COMITÉ EJECUTIVO DEPARTAMENTAL PDA ATLÁNTICO
NORMAN ALARCÓN RODAS
Presidente
ADOLFO QUINTIN MARTÍNEZ CAAMAÑO
Secretario