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Resoluciones del Comité Ejecutivo Departamental del Valle del Cauca

Resolución 003 de 2007
Miércoles 4 de julio de 2007

"Por medio de la cual se convoca a Asamblea Municipal de afiliados, para elegir los Organismos de Coordinación del Polo Democrático Alternativo en el municipio de Guadalajara de Buga, y se establece el orden del día de la asamblea."

El Comité Ejecutivo Departamental del Valle del Cauca del POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO en desarrollo de las facultades conferidas por las Resoluciones 002 del 21 de febrero de 2007 y 003 del 1° de marzo de 2007, expedidas por el Comité Ejecutivo Nacional y

CONSIDERANDO:

1. Que es necesario dar cumplimiento a las directrices contenidas en la Resolución 002 del 21 de febrero de 2007.

2. Que es ineludible consolidar y formalizar la estructura del PDA en el Valle del Cauca en todos los municipios del departamento.

RESUELVE

ARTICULO 1º. CONVOCATORIA: Convocar la Asamblea municipal de afiliados y afiliadas para el domingo 15 de julio de 2007, con el fin de elegir los organismos de coordinación del municipio de Guadalajara de Buga, y para tal fin se establece el orden del día de la Asamblea Municipal.

ARTICULO 2º. ASISTENTES: Podrán asistir a la asamblea municipal, los delegados y delegadas elegidos al Congreso de unidad, los que asistieron al mismo por derecho propio, los que acrediten la afiliación al partido y los concejales y ediles. Los delegados y delegadas deben estar adscritos a la municipalidad de Guadalajara de Buga.

ARTICULO 3º. La Coordinación Municipal respectiva se integrará teniendo en cuenta las cuotas de discriminación positiva así: 30% de mujeres, el 20% de jóvenes y la representación del 10% de minorías étnicas y LGBT, si las hubiere, de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de los Estatutos del PDA.

ARTICULO 4º. QUORUM: Las Asambleas municipales de delegados y delegadas, afiliados y afiliadas, podrán sesionar válidamente con la presencia de un numero plural de afiliados y afiliadas.

Los delegados y delegadas solo podrán participar en la asamblea municipal para la cual se adscribieron, de acuerdo con los estatutos.

ARTICULO 5º. COMITES EJECUTIVOS MUNICIPALES: Las Coordinaciones Municipales podrán designar un Comité Ejecutivo con un mínimo de 7 miembros y que no podrá exceder de 51 en el caso de aquellos con población mayor de dos millones (2´000.000) de habitantes. En aquellos con población inferior a dos millones y superior a un millón (1´000.000) de habitantes, dicho Comité Ejecutivo tendrá un máximo de 31 miembros. En los demás tendrá un máximo de 21 miembros.

ARTICULO 6º. IMPUGNACIONES: Las impugnaciones sobre integración de las Asambleas municipales o contra las decisiones que adopten, serán presentadas por cualquier participante, bien ante la misma Asamblea, que decidirá en primera instancia, o bien se apelará ante el Comité Ejecutivo Departamental, que decidirá en segunda instancia. En todo caso, el Comité Ejecutivo Nacional podrá revisar de oficio las decisiones adoptadas por estas Asambleas.

ARTICULO 7º. ACTAS: De todas las Asambleas municipales que elijan sus respectivas Coordinaciones Municipales y Comités Ejecutivos se levantará un acta. Copia de ella deberá enviarse, en un plazo no superior a 8 días, a los Comités Ejecutivos Departamental y Nacional. Contendrá como mínimo:

- El orden del día aprobado,
- La lista de asistentes con su respectiva firma y número de cédula,
- Las decisiones adoptadas.
- El resultado de las votaciones realizadas y
- La lista de miembros elegidos al comité ejecutivo municipal.
- El listado de Delegadas y Delegados elegidos en ese municipio,
- Los de derecho propio que se adscribieron a esa localidad,
- Concejales y Ediles.

De igual manera elaborará:

- Un reporte periódico mensual de novedades dirigido al Comité Ejecutivo Departamental y
- Los formularios de afiliación debidamente diligenciados.

ARTICULO 8º. FECHA DE LA ASAMBLEA Y ORDEN DEL DIA. La asamblea estará dirigida y orientada por el Comité Ejecutivo departamental. La Comisión Político Administrativa y Financiera, facultados por El Comité Ejecutivo Departamental, establece el siguiente ORDEN DEL DIA, para la realización de la Asamblea Municipal en Guadalajara de Buga.

CRITERIOS. Fortalecer y consolidar el proceso de unidad política entre las organizaciones sociales y sectores sociales que se hacen presente, construyen y consolidan el partido en cada uno de los municipios y subregiones, generando las sinergias y voluntades para realizar las tareas y acuerdos políticos que faciliten la constitución de Partido, observando las directrices emanadas del comité ejecutivo nacional y departamental. .

ORDEN DEL DIA (PROPUESTA)

1. INSCRIPCION DE AFILIADOS. 8:00 AM.

2. CIERRE DE INSCRIPCIO DE AFILIADOS 10:00 AM.

- 3. INSTALACION DE LA ASAMBLEA. 10:15 AM.

- 3.1. Coyuntura política. 10:30 AM

- 3. 2. Elección Coordinación Municipal. 11:00 AM

- 3. 3. Fecha convocatoria coordinación municipal electa. 12:00 M

- 4. CLAUSURA. 1:00 PM

LUGAR: POR DEFINIR. DIA: DOMINGO 15 DE JULIO DE 2007. HORA: 8:00 AM.

9. Comisión de logística. Nómbrese una comisión de logística integrada por delegados y militantes del partido en la ciudad de Guadalajara de Buga, para adelantar las actividades de consecución del lugar, como de la logística necesaria para el normal desarrollo del evento.

10. Vigencia. La presente resolución rige a partir del 4 de julio de 2007.

Dada en Santiago de Cali, a los 4 días del mes de julio de 2007

JOSE GERSON LOPEZ LIZARAZO.
Coordinador Departamental.

ALVARO ARROYO CASTELBLANCO.
Secretario General.


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