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Resoluciones del Comité Ejecutivo Departamental de Antioquia -

Resolución No 001 de 2008
Miércoles 1ro de octubre de 2008

ASAMBLEA GENERAL DE MUJERES DEL POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO ANTIOQUIA

Por medio de la cual se convoca la Asamblea General de mujeres del POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Antioquia y se dictan otras disposiciones. El Comité Ejecutivo Departamental de Antioquia del POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO Reunido en Sesión Extraordinaria el día 20 de Agosto de 2008 en la Sede Principal del POLO y en desarrollo de las facultades conferidas por las Resoluciones 001 del 05 de febrero de 2007 expedida por el Comité Ejecutivo Nacional y las directrices estatutarias y del I Congreso Nacional de Unidad y

CONSIDERANDO:

1. Que es necesario dar cumplimiento a las directrices contenidas en la Resolución 001 del 05 de febrero de 2007.

2. Que es ineludible consolidar y formalizar la estructura del PDA mediante el establecimiento de los respectivos proyectos estratégicos en Antioquia y garantizar la autonomía de los sectores sociales, en especial los que representan las mujeres en el proyecto político que encarna el POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO.

RESUELVE

ARTICULO 1º. COORDINACIÓN: El Comité Ejecutivo Departamental de Antioquia delega en la Ejecutiva Departamental Yenny Astrit Bedoya Betancur, la estructuración del Proyecto Estratégico de Mujeres, Regional Antioquia, en acompañamiento con las demás Ejecutivas Departamentales que quieran aportar a la consolidación del Proyecto Estratégico.

ARTICULO 2º CONVOCATORIA: Convocar la Asamblea General de Mujeres del Polo Democrático Alternativo Regional Antioquia, el sábado 27 de septiembre de 2008, con el fin de establecer el organismo de coordinación del Proyecto Estratégico de Mujeres PDA Antioquia, Aprobar los contenidos del Proyecto Estratégico con el cual se regirá el trabajo respectivo; oficializar la Comisión Permanente del Proyecto Estratégico y el plan de constitución y fortalecimiento de los Comités de Base de Mujeres en el departamento de Antioquia.

ARTICULO 3º. COMITES DE BASE: Se establece como política organizativa fundamental, el impulso inmediato a los Comités de Base de Mujeres en todo el Departamento y de los cuales emanará la participación fundamental hacia la Asamblea General que se cita.

ARTICULO 4º. COMISIÓN PERMANENTE: Para efectos de organización de la Asamblea se establece que el actual comité de base de Mujeres PDA Antioquia, se convierte en la Comisión Permanente, que tendrá a su cargo la dirección del Proyecto Estratégico de Mujeres PDA Antioquia hasta la realización de la Asamblea, como también la organización y convocatoria de la Asamblea General, igualmente asume las funciones de órgano político-organizativo director de la asamblea y la elaboración de los contenidos del proyecto estratégico respectivo y demás documentos exigidos, que serán los siguientes:

1. Documento que contiene propuesta de los lineamientos políticos del Proyecto Estratégico de Mujeres PDA Antioquia.

2. Documento que contiene el Plan de Acción 2008-2009 Proyecto Estratégico de Mujeres PDA Antioquia.

3. Documento que contiene la ruta de constitución de los Comités de Base de Mujeres en Antioquia.

4. Documento que contiene las reglas del proceso electoral, los órganos a elegir y sus funciones.

5. Presupuesto general de la Asamblea General de Mujeres PDA Antioquia. Este órgano cesará en sus funciones una vez se hayan nombrado oficialmente los respectivos órganos de coordinación y trabajo permanente.

ARTICULO 5º. ASISTENTES: Podrán asistir a la Asamblea General de Mujeres POLO Antioquia todas las mujeres AFILIADAS al partido, que hagan parte de los Comités de Base de Mujeres de los municipios de Antioquia al igual que aquellas mujeres que no se encuentran organizadas en dichos Comités.

ARTICULO 6º. RELACIONES CON LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE MUJERES : La Comisión Permanente Departamental y los Comités de Base Municipales establecerán las relaciones que consideren pertinentes con diversas organizaciones sociales de Mujer, sin menoscabo de la política de alianza establecida por el partido en los estatutos y las resoluciones que al respecto han sido emitidas por el Comité Ejecutivo Nacional.

ARTICULO 7º. QUORUM: Tratándose de una Asamblea General Constitutiva el quórum lo constituirá un número plural de mujeres no menor de 50 (cincuenta).

ARTICULO 8º. ACTA: De esta Asamblea General se levantará un acta que contenga las decisiones que de acuerdo al orden del día se establezca. Además se consignará el proceso electoral del órgano de dirección autónoma que se elija y los mecanismos organizativos que fortalezcan el trabajo y la presencia política de las mujeres en el Departamento. Copia de ella deberá enviarse, en un plazo no superior a 8 días, a los Comités Ejecutivos Municipales formalmente establecidos y en especial al Departamental.

Dicha acta contendrá como mínimo:

El orden del día aprobado,

- La lista de asistentes con su respectiva firma y número de cédula,

- Las decisiones adoptadas y los documentos que contienen las políticas del Proyecto Estratégico de Mujeres PDA Antioquia.

- El resultado de las votaciones realizadas y los órganos de dirección aprobados.

- La lista de miembros elegidos a la respectiva Coordinación Departamental del Proyecto Estratégico de Mujeres PDA Antioquia.

ARTICULO 9º. FINANCIACIÓN: La Comisión Permanente elaborará un presupuesto general que garantice la realización de la Asamblea.

Si existiesen condiciones financieras el Comité Ejecutivo Departamental definirá y destinará una suma no menor de un millón de pesos ($1.000.000) para la financiación de la Asamblea, con cargo al presupuesto general de actividades del Polo Antioquia. Corresponde a la Comisión Permanente y al Comité Ejecutivo Departamental establecer una estrategia de financiación con otras organizaciones sociales y políticas hermanas, para lograr acceder a los recursos que demanda globalmente el evento.

ARTICULO 10º. FACULTADES: Una vez aprobada la presente resolución por el Comité Ejecutivo Departamental, la Comisión Permanente tendrá facultades plenas y autónomas para la organización de la Asamblea General de Mujeres PDA Antioquia. Sin menoscabo de lo anterior, dicha comisión establecerá relaciones con las demás secretarías de proyectos estratégicos del Polo Democrático Alternativo a efectos de garantizar el apoyo a todo nivel para la efectiva realización del evento.

ARTICULO 11º. VIGENCIA: Esta resolución rige a partir del 20 de agosto de 2008. Dada en Medellín, a los 20 días del mes de agosto de 2008, en Sesión Extraordinaria del Comité Ejecutivo Departamental del POLO Antioquia.

GERMAN REYES FORERO Coordinador Departamental

ALONSO QUIMBAYO Coordinador Departamental


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