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Resoluciones del Comité Ejecutivo Nacional

Resolución 034 de 2008
Lunes 7 de julio de 2008

“Por la cual se establece el calendario de las elecciones delegadas y delgados al Segundo Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo y al Primer Congreso Nacional de Jóvenes del Polo Democrático Alternativo y otras disposiciones”.

POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

El Comité Ejecutivo Nacional en uso de sus facultades estatutarias, lo establecido en las relatorías de la II Reunión de la Dirección Nacional, el artículo 9 de la Resolución 05 del 2 de marzo de 2008 y teniendo en cuenta que:

Primero: Que el Consejo Nacional Electoral determinó una sola fecha en el año 2008 para la realización de las consultas internas de los partidos políticos, distinta a la establecida por las Resoluciones 05 y 07 de la Dirección Nacional y que la Dirección Nacional facultó al Comité Ejecutivo Nacional para tomar las medidas correspondientes en caso de que esta eventualidad sucediera.

Segundo: Que al no realizar ningún evento electoral interno antes de la fecha definida por el CNE, no se puede establecer la variable de la que habla el literal a), del parágrafo 2, del artículo 6 de la Resolución 05 de la Dirección Nacional, para establecer el número de delegados y delgadas por las circunscripciones departamentales y distrital al Segundo Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo.

Tercero: Que la Dirección Nacional facultó al Comité Ejecutivo Nacional para que revisara la distribución del número de delegados y delegadas al Segundo Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo, entre las circunscripciones nacionales y territoriales, con el objetivo de beneficiar a las delegaciones regionales.

Cuarto: Que es deber del Comité Ejecutivo Nacional convocar y reglamentar el Primer Congreso Nacional de Jóvenes del Polo Democrático Alternativo.

RESUELVE:

Artículo Primero: Adoptar como fecha para las elecciones de Delegados y Delegadas al Segundo Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo y de Delegados y Delegadas al Primer Congreso Nacional de Jóvenes del Polo Democrático Alternativo, tanto en el territorio nacional como en el exterior, el día 26 de octubre de 2008.

Artículo Segundo: Establecer el calendario electoral que contiene las diferentes etapas y actividades del proceso electoral, a saber:

CONCEPTO

FECHA

Inicio de propaganda electoral

Lunes 25 Agosto de 2008

Cierre de inscripción de candidaturas

Miércoles 10 septiembre de 2008

Sorteo y asignación de números de listas

Miércoles 12 de septiembre de 2008

Modificación de listas

Miércoles 17 de septiembre de 2008

Entrega del listado de jurados postulados a las Registradurías respectivas, por parte de las Coordinadoras Departamentales.

Viernes 19 de septiembre de 2008

Designación por parte de las Coordinadoras Departamentales de las Comisiones Escrutadoras y entrega a las Registradurías respectivas.

Miércoles 8 de octubre de 2008

Elecciones de Delegados y Delegadas al Primer Congreso Nacional de Jóvenes del Polo Democrático Alternativo y de Delegados y Delegadas al Segundo Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo.

Domingo 26 de octubre de 2008

Inicio de escrutinio municipal y Local en Bogotá D.C.

Lunes 27 de octubre de 2008

Inicio de escrutinio Departamental y Distrital

Miércoles 29 de octubre de 2008

Inicio de Escrutinio Nacional.

Viernes 31 de octubre de 2008

Artículo Tercero: En las elecciones de Delegados y Delegadas al Segundo Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo podrán votar los y las jóvenes entre 14 y 17 años de edad cumplidos al momento de realización de la elección, que se hayan afiliado al Polo Democrático Alternativo, inclusive el mismo día de la elección, en urnas separadas y utilizando como único documento de identificación la Tarjeta de Identidad, así mismo podrán candidatizarse para hacer parte del II Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo, quienes tengan entre 14 y 17 años de edad cumplidos a la fecha de realización de la elección de delegados y delegadas al Segundo Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo con los mismos requisitos de las y los demás aspirantes.

Artículo Cuarto: Aplicar como parámetro de distribución de cupos a cada una de las entidades territoriales, el número de votantes en las elecciones de delegadas y delegados al Primer Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo, en reemplazo del literal a), del parágrafo 2, del artículo 6 de la Resolución 05 de la Dirección Nacional.

Artículo Quinto: Los electores y las electoras podrán votar al mismo tiempo por dos circunscripciones, una nacional y otra territorial

Artículo Sexto: Teniendo en cuenta, la orientación de la Dirección nacional de revisar la distribución de los cupos entre la Circunscripción Nacional y la Circunscripción Territorial, para mejorar la participación de éstas últimas en las elecciones de Delegados y Delegadas al Segundo Congreso Nacional del Polo Democrático Alternativo, los cupos se distribuirán de la siguiente forma :

a) Circunscripción Nacional, en la cual se podrá elegir entre:

- Listas generales que elegirán 400 delegados y delegadas.
- Listas de Indígenas que elegirán 50 delegados y delegadas.
- Listas de Afrocolombianas y Afrocolombianos que distribuirán 50 delegados y delegadas.
- Listas de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgeneristas que elegirán 50 delegados y delegadas.

b) Circunscripciones Territoriales que elegirán 947 delegados y delegadas, en la siguiente proporción:

Departamento

Número de Delegados y Delegadas

Amazonas

5

Antioquia

78

Arauca

6

Atlántico

54

Bogotá, D.C.

202

Bolívar

36

Boyacá

22

Caldas

14

Caquetá

5

Casanare

5

Cauca

18

Cesar

15

Chocó

5

Córdoba

29

Cundinamarca

37

Guainía

5

Guaviare

5

Huila

20

La Guajira

12

Magdalena

27

Meta

11

Nariño

68

Norte De Santander

23

Putumayo

7

Quindío

8

Risaralda

14

San Andrés

5

Santander

52

Sucre

17

Tolima

35

Valle Del Cauca

83

Vaupés

5

Vichada

5

Colombianos y colombianas en el Exterior

15
Artículo Séptimo: Todas las listas deberán cumplir con el mínimo de participación del 30% de mujeres y el 20 % de jóvenes que establecen los estatutos del PDA.

Artículo Octavo: La forma de elección de los cupos asignados para los afiliados y afiliadas residentes en el exterior y la elección de los 3 cupos asignados al Pueblo ROM se reglamentará en una resolución posterior.

Dado en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de junio de 2008.


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