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Wilson Duarte

El Concejal Wilson Duarte pide al Procurador General de la Nación
Suspender proceso licitatorio de la fase III de TRansmilenio por ser inconveniente para los intereses de la ciudad
Viernes 16 de noviembre de 2007

El Concejal Wilson Duarte solicitó al Procurador General de la Nación, Edgardo Maya Villazón, que se suspendan en forma inmediata la Licitacion de la Fase III de Transmilenio, ya que afectarían directamente los intereses económicos de Bogotá.

Como Ingeniero Civil, Wilson Duarte realizó un completo análisis a los pliegos licitatorios y a los estudios realizados por las empresas interesadas en realizar las obras de la Fase III de Transmilenio, donde en realidad no existen diseños como tal, sino Pre-diseños. Igualmente a la fecha no se cuenta con las autorizaciones respectivas de las empresas Prestadoras de Servicios Públicos, así como tampoco con los permisos ambientales.

Si el IDU recibe las propuestas de las respectivas Licitaciones en los próximos días, sin tener en cuenta las recomendaciones que no solo le está haciendo un Concejal, sino que además hay miles de bogotanos que no quieren que se realice ese proyecto como lo han destacado los medios de comunicación, entonces se estaría cometiendo un error garrafal al dejar comprometida a la ciudad en una serie de obras que van a tener muchos inconvenientes para la movilidad y que van a causar demandas que el mismo IDU va a tener que pagar.

El Concejal Duarte le recordó al Alcalde Garzón que hace unos meses le solicitó que se realizara una consulta popular, para que los bogotanos decidieran si querían o no la Fase III de Transmilenio y el Alcalde dijo categóricamente que no. Ahora cerca de un millón de bogotanos votaron por el metro para Bogotá y por eso eligieron a Samuel Moreno porque consideraron que esa es la solución definitiva.

Nota: anexo texto de la carta enviada al Procurador.


Doctor
EDGARDO MAYA.
Procurador General de la Nación.
Ciudad

Referencia: Fase III (3) de Transmilenio.

Respetado Doctor:

De manera respetuosa y en mi calidad de Concejal de Bogotá, me permito solicitarle ORDENE al Instituto de Desarrollo Urbano I. D. U. SUSPENDER de manera inmediata el proceso licitatorio IDU-LP-DG-022-2007 para contratar la “Ejecución de la totalidad de las obras de construcción y todas las actividades necesarias para la adecuación de la calle 26 (Avenida Jorge Eliécer Gaitán) y la carrera 10 (Avenida Fernando Mazuera), al Sistema Transmilenio y el posterior mantenimiento en la ciudad de Bogotá”, tratándose de un asunto de trascendencia para la ciudad y como quiera que su implementación afecta directamente los intereses económicos de Bogotá es importante tomar en consideración:

• Los estudios y diseños están incompletos, razón por la cual los proponentes no tienen la claridad para entregar el presupuesto de manera precisa, lo que conllevaría a una evaluación subjetiva de las propuestas y en consecuencia podría acarrear demandas por un eventual detrimento patrimonial o desequilibrio económico.

• A la fecha no se cuenta con la totalidad de las autorizaciones respectivas de las Empresas Prestadoras de Servicios Públicos.

• No se cuenta con la licencia ambiental, de conformidad con el articulo 9 del decreto 1220 de 2005, ni con los permisos de tala, aprovechamiento, transplante o reubicación en espacio público como lo exige el Decreto 472 de 2003 en sus artículos 5 y 7.

• Noto con preocupación que las respuestas dadas por parte del IDU a las observaciones presentadas por los distintos oferentes no tienen un nivel de claridad y precisión debida.

• Algunos oferentes aducen que la información ha estado restringida, al punto que varios de ellos han solicitado suspensión o aplazamiento del proceso.

• El presupuesto final fue publicado solo hasta el primero de noviembre, y por tratarse de un contrato a precio global no se cuenta con el término necesario para un estudio adecuado del mismo lo que redunda en una inadecuada selección objetiva.

La falta de claridad de las condiciones de los pliegos y las observaciones de los oferentes evidencian la absoluta improvisación del IDU, inconcebible en una obra de esta magnitud. Salta a la vista que el simple hecho de permitir al contratista de obra hacer modificaciones a los diseños existentes muestra la falta de confianza de la entidad contratante en los diseños existentes; por lo demás esta incertidumbre puede acarrear problemas jurídicos a futuro por no encontrarse seguridad en cuanto a si la responsabilidad recae en el consultor que diseñó el proyecto o el contratista de obra que en la llamada etapa de preconstrucción lo modifique.

Hoy es un tema de responsabilidad con el Distrito frenar este proceso toda vez que no se cumplieron con los requisitos indispensables para la apertura de la licitación, ni para continuar con las etapas pre contractual y subsiguientes,

De acuerdo con la ley 80, todos estos diseños y sus consabidas autorizaciones son de obligatorio cumplimiento para iniciar el proceso de selección:

“Artículo 30º.- De la Estructura de los Procedimientos de Selección. La licitación o concurso se efectuará conforme a las siguientes reglas:

1o. … De conformidad con lo previsto en el numeral 12 del artículo 25 de esta Ley, la resolución de apertura debe estar precedida de un estudio realizado por la entidad respectiva en el cual se analice la conveniencia y oportunidad del contrato y su adecuación a los planes de inversión, de adquisición o compras, presupuesto y ley de apropiaciones, según el caso. Cuando sea necesario, el estudio deberá estar acompañado, además de los diseños, planos y evaluaciones de prefactibilidad o factibilidad.

Artículo 25º.- Del Principio de Economía. …

12. Con la debida antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del contrato, según el caso, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos y los pliegos de condiciones o términos de referencia.

Artículo 26º.- Del Principio de Responsabilidad. En virtud de este principio:

3o. Las entidades y los servidores públicos, responderán cuando hubieren abierto licitaciones o concursos sin haber elaborado previamente los correspondientes pliegos de condiciones, términos de referencia, diseños, estudios, planos y evaluaciones que fueren necesarios, o cuando los pliegos de condiciones o términos de referencia hayan sido elaborados en forma incompleta, ambigua o confusa que conduzcan a interpretaciones o decisiones de carácter subjetivo por parte de aquellos.”

No quiero pensar en la magnitud jurídica y económica para la ciudad en el evento en que se adjudique esta construcción y alguna de las entidades que deben otorgar lo permisos no lo realicen y obliguen a una modificación de los diseños y especificaciones.

Nuevamente y por las razones anotadas, de manera respetuosa le solicito ORDENE al Instituto de Desarrollo Urbano I. D. U. SUSPENDER el proceso licitatorio IDU-LP-DG-022-2007 para contratar la “ejecución de la totalidad de las obras de construcción y todas las actividades necesarias para la adecuación de la calle 26 (Avenida Jorge Eliécer Gaitán) y la carrera 10 (Avenida Fernando Mazuera), al Sistema Transmilenio y el posterior mantenimiento en la ciudad de Bogotá”

Agradezco de antemano su valiosa intervención y quedo en espera de su positiva y oportuna respuesta,

Cordialmente,

WILSON DUARTE ROBAYO.
Concejal de Bogotá, D. C.

Proyectó y elaboró: Gelber Pirabán.


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