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A propósito de las reformas en curso: el derecho a la salud y el negocio de la salud

Por Andrés Fuerte Posada  

En Colombia, estamos lejos de lograr que la salud sea prestada como un derecho. La crisis del sistema es evidente para cualquier ciudadano que haya hecho uso del servicio.  Por si hiciera falta un dato para corroborarla, en el año 2011 se presentaron 105.947 tutelas invocando el derecho a la salud. El fracaso de la ley 100 de 1993 es un hecho, el aumento logrado en cobertura no puede ser el único parámetro de evaluación.

Como causas de la crisis, encontramos al menos dos.

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Por Andrés Fuerte Posada  

En Colombia, estamos lejos de lograr que la salud sea prestada como un derecho. La crisis del sistema es evidente para cualquier ciudadano que haya hecho uso del servicio.  Por si hiciera falta un dato para corroborarla, en el año 2011 se presentaron 105.947 tutelas invocando el derecho a la salud. El fracaso de la ley 100 de 1993 es un hecho, el aumento logrado en cobertura no puede ser el único parámetro de evaluación.

Como causas de la crisis, encontramos al menos dos.

De un lado, la precariedad del mercado laboral, que en un sistema de seguridad social basado en aportes ligados al empleo, no permite una afiliación constante y estable, siendo ésta la explicación de la segmentación entre regímenes contributivo (para trabajadores formales) y subsidiado (para pobres), a la que se agrega la medicina prepagada, para las capas de mayor ingreso. De otro lado, los incentivos perversos del sistema, que hacen que las EPS se queden con cuantiosas sumas de dinero, negando o enredando la prestación de servicios a los pacientes.

Ante esta situación, el gobierno Santos presentó dos reformas. Una estatutaria, que pretende regular el derecho a la salud, la cual ya cumplió su trámite en el Congreso y está presta a la revisión de la Corte Constitucional; otra ordinaria, que redefine el sistema de seguridad social en salud y se está tramitando en las comisiones VII. Las transformaciones introducidas con estas reformas son superficiales, dejan incólume el cáncer del sistema: la salud es tratada como un negocio y no como un derecho.

Las protagonistas de esta tragedia han sido las EPS, por lo que se han ganado el total descrédito en la ciudadanía. De allí que el presidente Santos iniciara la defensa de la reforma afirmando que éstas iban a desaparecer, lo cual no es cierto. Según la propuesta de reforma ordinaria, las EPS podrán transformarse en un nuevo agente dentro del sistema, con atribuciones muy importantes. Las nuevas gestoras determinarán los giros de Salud Mía (el nuevo fondo público) a los prestadores del servicio, es decir a las clínicas y hospitales, lo que constituye un poder enorme; recibirán un pago por este servicio y además, tendrán utilidades por el reaseguro de los pacientes de alto costo. Junto con el lucro de las EPS, se mantienen los copagos y cuotas moderadoras, que en capas de bajos ingresos pueden convertirse en barreras de acceso a la salud.

La tutela, que se ha convertido muchas ocasiones en el único mecanismo para que los pacientes accedan al derecho a la salud, está amenazada con las reformas de Santos. En el artículo 4 de la ordinaria, se dice que las decisiones judiciales que contravengan lo dispuesto en la ley “harán incurrir al funcionario judicial que la profiera en falta disciplinaria gravísima y genera responsabilidad fiscal”, lo que claramente constriñe a los jueces al momento de fallar una tutela a favor del paciente. En la reforma estatutaria, se crea un listado de exclusiones en cuanto a los servicios que cubre el sistema. Como señala el Profesor Mario Hernández[1], experto en salud pública, frente a este listado solo habrá un recurso de reposición ante el Ministerio de Salud y una acción de nulidad ante el Consejo de Estado, de manera que no quedaría ningún espacio para la tutela como mecanismo para acceder a servicios de salud.

Inclusive, por iniciativa parlamentaria se había introducido en la reforma estatutaria, el loable control de precios a los medicamentos: “El Gobierno Nacional deberá controlar el incremento de dichos precios en atención a la cadena de comercialización y producción, y su comportamiento dentro del mercado a fin de proteger a sus consumidores”. Pero lamentablemente, en el proceso de conciliación del proyecto, este control se limitó de la siguiente manera: “Se regularán los precios de los medicamentos hasta la salida del proveedor mayorista”[2].

Es claro que con estas reformas, Santos privilegia el ajuste fiscal, el negocio y el lucro privado por encima del derecho a la salud de los colombianos. Todo bajo la orientación ideológica de que el mercado es el mejor asignador de los recursos y que el Estado es ineficiente y corrupto per se, por tanto, para que el sistema funcione es imprescindible introducir agentes privados, intermediarios, incentivos y por la misma vía, que dichos agentes acaparen recursos y un poder enorme dentro del sistema, en detrimento de la calidad de la prestación del servicio. Claramente, el Ministro Alejandro Gaviria es cercano a estas posturas, como lo muestran varias de sus columnas de opinión e intervenciones públicas.

Si a esta orientación ideológica se le suman los oscuros intereses de gran parte del Congreso de la República en el sector salud, es muy difícil que de allí salga una reforma favorable a los intereses de la mayoría de los colombianos. Es de conocimiento público que varios parlamentarios están involucrados en el negocio de la salud, llegando a casos tan escandalosos como el del Senador Jorge Ballesteros, quien acepta haber recibido recursos de una IPS para el financiamiento de su campaña; o como el de la exsenadora Vallecaucana Dilian Francisca Toro, quien ha estado asociada tradicionalmente con clientelismo y nombramientos de altos cargos en el sector[3].         

Así las cosas, se está dejando pasar otra oportunidad para que los colombianos nos acerquemos a gozar del verdadero derecho a la salud. Mientras tanto, el negocio de las EPS, ahora gestoras, será fortalecido.
 
[1] Ver: ¿Qué se aprobó ayer sobre la ley estatutaria en salud? http://www.fenalprou.org.co/comunicados/notas-de-prensa/490-ique-se-aprobo-ayer-sobre-la-ley-estatutaria-en-salud.html
 
[2] Parágrafo artículo 23, Proyecto de ley 209 de 2013 Senado – 267 de 2013 Cámara
 
[3] Ver: Dilian Francisca Toro, la baronesa de la salud http://www.lasillavacia.com/historia/18284

 

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