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Al Procurador lo rondan 17 sombras…

Por Guillermo Rico Reyes / Desde Abajo  

De las 35 denuncias contra el Procurador Alejandro Ordóñez que investiga el vicefiscal general Jorge Fernando Perdomo, 17 son por conductas penales que incluyen delitos como prevaricato, injuria, calumnia, abuso de autoridad, tráfico de influencias y hasta falsedad. Acorde con el vetusto postulado que refleja el matrimonio Estado e Iglesia “lo que es pecado, debe ser un delito”, el Procurador usa, crea imagen y agarra ‘argumentos de autoridad’ de la santa iglesia católica.

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Por Guillermo Rico Reyes / Desde Abajo  

De las 35 denuncias contra el Procurador Alejandro Ordóñez que investiga el vicefiscal general Jorge Fernando Perdomo, 17 son por conductas penales que incluyen delitos como prevaricato, injuria, calumnia, abuso de autoridad, tráfico de influencias y hasta falsedad. Acorde con el vetusto postulado que refleja el matrimonio Estado e Iglesia “lo que es pecado, debe ser un delito”, el Procurador usa, crea imagen y agarra ‘argumentos de autoridad’ de la santa iglesia católica.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia abrió investigación preliminar contra 28 senadores por la reelección de Ordóñez.

Recientemente, el Consejo de Estado determinó unificar, en un gran proceso, las tres demandas que están radicadas en contra de la reelección del Procurador. El proceso está en manos del consejero, Alberto Yepes, quien deberá establecer si acoge los argumentos de las demandas o si falla que Ordóñez puede culminar el periodo para el cual fue elegido. Las demandas contra la reelección dan cuenta de unos presuntos vicios de procedimiento y forma. La Procuraduría General de la Nación o también Ministerio Público, es el ente institucional que vela por el cumplimiento de los derechos de los ciudadanos, en concordancia de la Constitución y las leyes. Sin embargo, el jefe de ese despacho Alejandro Ordoñez ignora hoy esta responsabilidad.

Con reelección, en casi cinco años al mando de la Procuraduría General, Ordóñez ya suma varias destituciones de dirigentes políticos y servidores del Estado. Por esta razón, la Fiscalía tiene en lista más de 35 denuncias de diferentes delitos realizados por el hombre fuerte del Ministerio Público. Desde su juventud y temprano vínculo con la derecha fanática, con ‘antecedentes morales’ a considerar.

En días recientes, el abogado Mauricio Albarracín publicó en la Silla Vacía, el hallazgo de la tesis de grado como abogado en la Universidad Santo Tomás de Bucaramanga, con setenta páginas en seis capítulos que escribió en 1979: Presupuestos fundamentales del Estado católico que “establece la existencia de un derecho político católico y la necesidad de volver a él”, y con dedicación a “Nuestra señora la Virgen María… suplicándole la restauración del orden cristiano y el aplastamiento del comunismo ateo”. Años aquellos en los que también, a la cabeza de la organización Tradición Familia y Propiedad en Bucaramanga, quemó libros que “atentaran contra la creencia en Dios”.

Como si nada cambiara en el país y en el mundo, sistemáticamente es un abierto persecutor sin “piedad” de todo avance que contradiga la oscuridad medioeval de un fundamentalismo católico. Así, llega hasta a pedir las listas de las mujeres que necesitan y solicitan interrumpir un embarazo, de acuerdo a los tres casos establecidos por la ley, en su intento por procesar a jueces, médicos y hospitales que permitieron la ayuda del aborto. La norma favorable, también es blanco de sus señalamientos. Como en los tiempos del fascismo alemán, señala, acusa y persigue a todos quienes, en aplicación de este derecho establecido, colaboran para cumplirlo.

Un Procurador con líos en sus decisiones

La primera investigación de las 35 que adelanta la Fiscalía, comenzó en agosto de 2009 por el delito de prevaricato por acción. Una conducta que según dos denuncias más, tuvo repetición en julio de 2013. También, desde septiembre de 2009, por injuria y por falsedad ideológica en documento público, el vice fiscal adelanta otros dos procesos que continúan en investigación.

El año pasado la Fiscalía dio apertura a otras cuatro investigaciones por seis delitos relacionados con tráfico de influencias, prevaricato por omisión, y dos por peculado por apropiación. En agosto de ese mismo año abrieron al Procurador una investigación por injuria y calumnia. El récord de denuncias y apertura de procesos contra del jefe del ente disciplinario por parte de la Fiscalía, ocurrió en los primeros seis meses de este año: Diez investigaciones por siete delitos.

Son procesos abiertos entre los meses de febrero y julio, por conductas punibles en contra de la administración pública, y abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto. De estas diez investigaciones, en marcha desde 2013, ocho señalan a Ordóñez de prevaricato por acción o por omisión, es decir, por actuar en contra de la ley o no hacer nada para hacerla cumplir, según la situación.

Ante la justicia, el Procurador no anda solo

Los senadores en investigación por la reelección de Ordóñez pudieron incurrir, en conflicto de intereses al no declararse impedidos para votar. La decisión de la Sala Penal de la Corte, tuvo como base la recusación que hizo el ciudadano Gabriel Gonzalo Pacheco quien, en las motivaciones de la demanda, argumentó que los congresistas no presentaron impedimentos a la plenaria del Senado del 27 de noviembre de 2012, para la reelección de Ordóñez, a pesar de tener procesos en el organismo de control o familiares que laboraban en el Ministerio Público.

En este sentido, el oficio, de cinco páginas, firmado por los magistrados José Luis Barceló Camacho, Fernando Alberto Castro Caballero y María del Rosario González Muñoz, determina el inicio de una investigación, con el fin de aclarar si los parlamentarios incurrieron o no en la falta.

En el oficio, los magistrados solicitaron al Congreso, los listados de los senadores que votaron la reelección de Ordóñez y las copias de las actas de quienes, en contrario, si declararon su impedimento, y de este modo hacer un cruce con los archivos de las investigaciones existentes actualmente en la Procuraduría.

Otras actuaciones y Tesis de grado del Procurador
 
En palabras del abogado Mauricio Albarracín, “La tesis del Procurador confirma que (éste) es un enemigo de la democracia liberal, de la constitución de 1991, de la igualdad, de la libertad, del pluralismo y de la separación entre derecho y moral, así como entre Estado y religión”. No extraña entonces, que la comunidad LGTBI de las minorías sexuales: lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales; también esté en su mira. Fue abierto enemigo del matrimonio gay, así como de la adopción de niños por personas que califica como de “dudosa conducta sexual”.

Para Albarracín no cabe duda, “que el Procurador se infiltró en el Estado, primero en la judicatura y luego en la Procuraduría, con el fin de instaurar una agenda católica ultramontana”. Criterio a la orden y que aplica en los procesos donde es el juez máximo, único y supremo, en los cuales manda, decide y condena a la usanza de la Santa Inquisición –que ordenó torturas y asesinó a millones de personas en todo el mundo– o, del tristemente célebre senador Joseph Mac Carthy, quien en su paranoia de persecución anticomunista y del libre pensamiento, condenó a los Estados Unidos a vivir sin intelectuales, pues quien estudiara y planteara reformas para perfeccionar la democracia, era en el mejor de los casos, condenado al destierro…

Desde entonces, Ordóñez consignó sus juicios acerca de “El orden temporal a la luz del evangelio”, “La concepción católica de la vida pública”, “Fundamento del orden social y político”, “La sociedad civil”, “La libertad, la igualdad, la autoridad” y “El poder y sus límites”.

“No puede destituir”, dice la Corte Interamericana

Ante las destituciones que, a diestra y siniestra, realiza el procurador, la Corte Interamericana de Derechos Humanos presentó un fallo que pone a tambalear las decisiones de Ordóñez. Según la Corte, las muertes políticas sólo podrán ser decretadas por una condena que imponga un juez competente, en proceso penal. El fallo de la CIDH señala: “…Se refiere a una restricción impuesta vía de sanción (…) Ninguno de esos requisitos fue cumplido, pues el órgano que impuso dichas sanciones no era un “juez competente”, no hubo “condena” y las sanciones no son resultado de un “proceso penal”.

Dicha sentencia constituyó el fallo de una demanda interpuesta por el político, López Mendoza, contra la Contraloría General de Venezuela, por inhabilitarlo por vía administrativa para ocupar cargos públicos.

Desde Abajo, Bogotá.

 

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