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Embajador Urrutia insiste en no dar la cara por sus actos ilegales: senador Robledo

También viola la Ley 5 de 1992 que le ordena responder los cuestionarios de los congresistas. Sus palabras ofenden la inteligencia de los colombianos. Descrédito para Colombia. ¿Qué opina la canciller Holguín?

De “inaceptable y violatoria de la Ley 5 de 1992”, calificó el senador del Polo Democrático Alternativo, Jorge Enrique Robledo la respuesta que, por fin, le dio el embajador de Colombia en Washington, Carlos Urrutia, a su cuestionario sobre las adquisiciones ilegales de tierras de Riopaila

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También viola la Ley 5 de 1992 que le ordena responder los cuestionarios de los congresistas. Sus palabras ofenden la inteligencia de los colombianos. Descrédito para Colombia. ¿Qué opina la canciller Holguín?

De “inaceptable y violatoria de la Ley 5 de 1992”, calificó el senador del Polo Democrático Alternativo, Jorge Enrique Robledo la respuesta que, por fin, le dio el embajador de Colombia en Washington, Carlos Urrutia, a su cuestionario sobre las adquisiciones ilegales de tierras de Riopaila

y la trasnacional Gargill, compras que dirigió jurídicamente Brigard & Urrutia Abogados, la firma del diplomático.

El congresista del Polo rechazó que Urrutia se niegue a responder las preguntas con el falso argumento de ellas “nada tienen que ver con las funciones que desempeño” porque, primero, como senador sí tiene derecho a “solicitar cualquier informe” a los funcionarios públicos en casos como este (Art.258 de la Ley 5 de 1992) y, segundo, porque cómo no va a tener que ver con las funciones de un embajador de Colombia estar denunciado por la ilegalidad de sus actos como propietario y cabeza de Brigard & Urrutia, actuaciones que constituyen un descrédito para el país y debilitan en extremo su autoridad moral como vocero de Colombia ante Estados Unidos.

El senador Robledo también rechazó que Carlos Urrutia insista en presentarse como inocente porque –dice el embajador– dejó de ser el dueño de Brigard & Urrutia en agosto de 2012, cuando el gobierno lo nombró en Washington. Porque sus actuaciones delictivas ocurrieron en 2009, 2010, 2011 y parte de 2012, antes de irse a la diplomacia y vender su firma. El dirigente del Polo recordó que no son pocos los diplomáticos colombianos que han salido de sus cargos por actuaciones ilegales o indebidas anteriores a sus nombramientos.

“Urrutia ofende la inteligencia de los colombianos cuando da excusas tan absurdas para negarse a dar las explicaciones que tiene y debe dar”, señaló Robledo, quien agregó que “su renuencia a responder también lo condena”.

El dirigente del Polo concluyó que la ministra de Relaciones Exteriores, María Ángela Holguín, está en mora de decirles a los colombianos qué opina sobre este caso que nos avergüenza ante el mundo.

En los anexos la carta del embajador al senador Robledo y lo que dice la Ley 5 sobre este tema.

Anexo 1

Ley 5 de 1992:

ARTÍCULO 258. SOLICITUD DE INFORMES POR LOS CONGRESISTAS.  Los Senadores y Representantes pueden solicitar cualquier informe a los funcionarios autorizados para expedirlo, en ejercicio del control que corresponde adelantar al Congreso. En los cinco (5) días siguientes deberá procederse a su cumplimiento.

ARTÍCULO 259. INCUMPLIMIENTO EN LOS INFORMES.  El no presentarse oportunamente, en los términos establecidos, los informes obligatorios o los que se soliciten, acarrea consecuencias.

Anexo 2

Carta del embajador Carlos Urrutia

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