La CUT respalda paro de madres comunitarias
Las madres comunitarias gracias a su lucha jurídica y la movilización, han logrado un fallo de la Corte Constitucional en sentencia T-480 de 2016, que les reconoce la formalización laboral por las funciones permanentes que ellas desempeñan, en correspondencia con el artículo 74 del Plan Nacional de Desarrollo que ordena que las funciones permanentes deben ser cumplidas por personal de planta es decir deben tener contrato a término indefinido, lo cual incluye el derecho a la estabilidad laboral, a la salud y seguridad social, prestaciones sociales mínimas; sin embargo en un acto injustificado e ilegal la directora nacional del ICBF, Cristina Plaza Michelsen interpuso un incidente de nulidad que busca dejar sin efectos el fallo de tutela antes mencionado.
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