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Para acceder a la justicia ahora se deberá pagar

Por César Augusto Duque Mosquera / La República

Abogados, jueces, magistrados y demás funcionarios de la rama judicial son los que probablemente tengan más conocimiento de la ley 1653 de 15 de julio de 2013, denominada la del arancel judicial, una norma que ‘pasó de agache’.

En Google hay varios enlaces que dan explicaciones técnicas, y la gran conclusión sobre el arancel judicial es que las personas que pretendan hacer una demanda con pretensiones económicas deben pagar previamente el 1,5% de la cantidad que pretende obtener.

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Por César Augusto Duque Mosquera / La República

Abogados, jueces, magistrados y demás funcionarios de la rama judicial son los que probablemente tengan más conocimiento de la ley 1653 de 15 de julio de 2013, denominada la del arancel judicial, una norma que ‘pasó de agache’.

En Google hay varios enlaces que dan explicaciones técnicas, y la gran conclusión sobre el arancel judicial es que las personas que pretendan hacer una demanda con pretensiones económicas deben pagar previamente el 1,5% de la cantidad que pretende obtener.

Esta nueva norma tumba ley 1394 del 2010, puntualizando que la contribución parafiscal se aplicará a todos los procesos judiciales con pretensiones de dinero excepto a los procedimientos arbitrales, penales, laborales, de familia, de menores, procesos liquidatorios, de insolvencia y de jurisdicción voluntaria, entre otros.

El senador ponente, Gabriel Zapata, dijo en su momento a un medio nacional que “si una persona no declara el impuesto de renta, quedará excluida del arancel, lo mismo que demandantes de estrato 1, 2 y 3, y las víctimas en los procesos judiciales de reparación”.

Según las estimaciones de Zapata, el Ministerio de Justicia recibiría 80.000 millones de pesos al año, por cuenta de procesos civiles y ante el Contencioso Administrativo.

Este dinero serviría para descongestionar la justicia, además de la reducción de la evasión que se presenta en el pago del parafiscal, que hasta ahora se cobraba al finalizar un proceso, que generalmente dura 10 años. “Al final, casi nadie pagaba el arancel”, puntualizó Zapata.

Contradictores en Risaralda

Gerardo Bernal Montenegro, abogado de la Universidad Libre que tiene una maestría en Derecho Procesal de la Universidad de Medellín y es candidato a Doctor de la Universidad Libre de Bogotá, asegura que “es una ley perversa. Que cobren el agua, la luz, el gas, pero el derecho a la justicia no lo pueden cobrar, es inconstitucional”, asegura.

Bernal, que actualmente es presidente del Colegio de Abogados de Risaralda, agrega que apenas fue promulgada la ley empezaron a cursar más de una decena de demandas de inconstitucionalidad en su contra por vulnerar la Constitución Política, el orden jurídico interno y los derechos humanos.

Reunirán firmas

El Colegio de Abogados de Risaralda, los estudiantes de las facultades de derecho de las universidades de Pereira, los abogados y grupos ciudadano se están preparando para recoger las firmas necesarias con el fin de retirar del ordenamiento jurídico la ley 1653, al tiempo que preparan un plantón el primero de octubre en la Plaza de Bolívar de Pereira.

A esta expresión de desacuerdo se suman las demandas que cursan en la Corte Constitucional y están construyendo la demanda para acudir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ello con la ayuda de los estudiantes, la academia y los juristas de la región.

Las consecuencias

De no retirarse la norma, dice Bernal Montenegro, lo que se vislumbra es un aumento de la justicia privada y ‘oficinas de cobranza’, y las víctimas se verían impedidas para reclamar sus derechos ante la justicia debido a la carencia de recursos para pagar el arancel, o se verían obligados a ceder sus derechos litigiosos a los grupos de comerciantes fuertes retirando sus casos de los juristas para entregarlos a los mercaderes.

Al pago del arancel judicial como lo dispuso esta nueva ley ya se le llama ‘la ley del peaje de la justicia’.

El Colegio de Abogados de Risaralda instó a los jueces de la República a que acudan a la excepción de inconstitucionalidad de que trata el Artículo 4 de la Constitución, y con apoyo en los tratados internacionales sobre el acceso y la gratuidad de la Justicia, para que se abstengan de aplicar la ley 1653 de 2013.

Eduardo Muñoz Serpa, columnista del periódico Vanguardia Liberal, escribió: “El arancel judicial es un tributo regresivo, antidemocrático, excluyente, no tiene en cuenta la capacidad económica del demandante, es un golpe bajo y mañoso dado al pueblo por el actual gobierno, aprobado por los flamantes congresistas de la mesa de unidad nacional. ¿Gratuita nuestra justicia? Mamola, decía Gaitán, costosísima”.

En defensa de la ley

La directora de la Agencia de Defensa del Estado, Adriana Guillén, ha dicho que en la actualidad se interponen 18.000 demandas mensuales contra el Estado, por cuantías a veces desproporcionadas.
Por lo tanto, para esa funcionaria, el arancel será de gran ventaja para la justicia: “Desincentivará la presentación de demandas temerarias que no están justificadas en sus pretensiones”

La República, Bogotá.

 

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