Congreso Nacional PDA
Resolución reglamentando elección de delegados de colombianos en el exterior
RESOLUCIÓN No. 60 DE 2012
“Por medio de la cual se reglamenta la elección de los delegados y delegadas de los colombianos y colombianas en el exterior”
El Comité Ejecutivo Nacional en uso de sus facultades legales y estatutarias, y
RESOLUCIÓN No. 60 DE 2012
“Por medio de la cual se reglamenta la elección de los delegados y delegadas de los colombianos y colombianas en el exterior”
El Comité Ejecutivo Nacional en uso de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que la Resolución No. 058 del Comité Ejecutivo Nacional establece en su artículo 6º, la asignación de 5 cupos para elegir delegados y delegadas al III Congreso Nacional del PDA, en representación de los colombianos y colombianas en el exterior.
SEGUNDO: Que la misma Resolución establece en el Parágrafo 1º del artículo 6º que “La forma de elección de los cupos asignados a los colombianos y colombianas en el exterior, será reglamentada por el Comité Ejecutivo Nacional”, por lo cual:
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Las elecciones para elegir los delegados de los colombianos y las colombianas en el exterior se llevarán a cabo los días sábado 29 y domingo 30 de septiembre de 2012, por medio de votación vía correo electrónico.
ARTÍCULO 2º: Con base en los datos electorales para el II Congreso Nacional del PDA, el Comité Ejecutivo Nacional ha decidió asignar los 5 cupos de delegados y delegadas para el III Congreso Nacional del PDA, de la siguiente manera: 2 por circunscripción de Europa, 1 por circunscripción de América del Norte y 2 por circunscripción de América del Sur y demás.
ARTÍCULO 3º: Efectuar un proceso de re afiliación al partido, con el fin de actualizar la base de datos de los militantes en el exterior. Dicho proceso se iniciará el día viernes 17 de agosto y finalizará el martes 28 de agosto de 20120.
ARTÍCULO 4º: Los colombianos y colombianas en el exterior podrán re afiliarse enviando un correo con sus datos personales al correo eleccionesexterior@polodemocratico.net., de acuerdo al formulario que se publicará en la página web.
PARÁGRAFO 1º: Es obligatorio indicar el país de residencia y en cual circunscripción votará, en caso de que no indique la circunscripción, se le asignará la correspondiente al país donde reside.
PARÁGRAFO 2º: El censo electoral estará conformado exclusivamente por los afiliados que hayan hecho su afiliación entre el 17 de agosto y el 28 de septiembre de 2012.
ARTÍCULO 5º: Las listas de candidatos y candidatas para la elección de los delegados y delegadas por los colombianos y colombianas en el exterior, deberán tener como máximo 5 renglones y deberán cumplir el mandato estatutario de 30% para las mujeres y 20% para los jóvenes. Los candidatos y candidatas de cada una de las listas podrán ser de uno o varios países.
ARTÍCULO 6º: Las listas de colombianos y colombianas en el exterior deberán ser inscritas mediante correo electrónico durante el periodo comprendido entre el 28 de agosto y el 4 de septiembre. El correo al que deben allegar las listas y los soportes es el siguiente: eleccionesexterior@polodemocratico.net.
ARTÍCULO 7º: Las condiciones y requisitos para ser candidatos y candidatas serán los mismas que se les pide a los candidatos y candidatas para la circunscripción nacional.
ARTÍCULO 8º: El periodo para modificar las listas será el comprendido entre el 5 y el 12 de septiembre de 2012.
ARTÍCULO 9º: Las listas definitivas serán publicadas en la página web a partir del 13 de septiembre de 2012.
ARTÍCULO 10º: El Comité ejecutivo dispondrá de los mecanismos técnicos para efectuar la votación por internet, teniendo en cuenta la diferencia de horarios, los colombianos y colombianas en el exterior tendrán habilitada la aplicación para votar, durante los días 29 y 30 de septiembre. Iniciando el 29 a las 8:00 am y finalizando el día 30 a las 10:00 pm.
ARTÍCULO 11º: Los colombianos y colombianas en el exterior tienen el derecho a votar por una lista internacional y por una de las listas de circunscripción nacional.
ARTÍCULO 12º: La Comisión que avalará las inscripciones de los candidatos y candidatas será la misma que designe el Comité Ejecutivo Nacional, para las elecciones a nivel nacional. De igual Manera el Comité Ejecutivo Nacional nombrará una comisión escrutadora para las elecciones de los colombianos y las colombianas en el exterior.
Dada en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de agosto de dos mil doce 2012).
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL