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Vicio de consentimiento de la Nación colombiana, columna de Clara López en El Tiempo

Por Clara López Obregón  

Después de los titulares que reflejaron un profundo dolor de Patria, el fallo de la Corte Internacional de La Haya, que cercenó 75.000 kilómetros cuadrados de territorio marítimo a Colombia, ha pasado a segundos y terceros planos. Parecería que semejante demérito de soberanía y las responsabilidades que respecto del mismo atañen a los distintos gobiernos y funcionarios se quisieran convenientemente barrer bajo el tapete.

Pero el dolor de Patria no se deja acallar

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Por Clara López Obregón  

Después de los titulares que reflejaron un profundo dolor de Patria, el fallo de la Corte Internacional de La Haya, que cercenó 75.000 kilómetros cuadrados de territorio marítimo a Colombia, ha pasado a segundos y terceros planos. Parecería que semejante demérito de soberanía y las responsabilidades que respecto del mismo atañen a los distintos gobiernos y funcionarios se quisieran convenientemente barrer bajo el tapete.

Pero el dolor de Patria no se deja acallar

y aflora en la desfavorable imagen presidencial y en las propuestas de los raizales para realizar un referendo sobre su autonomía en el 2015, entre tantas otras manifestaciones de indignación, desafortunadamente de carácter aislado.

El gobierno del presidente Santos ha pretendido desactivar la indignación nacional mediante la calificación de las actuaciones de los tres gobiernos que participaron en el proceso ante La Haya (Pastrana, Uribe y Santos) con el inexacto título de política de Estado. Como en Fuenteovejuna, “todos a una”, para que nadie responda. Con todo, para poder calificar la cadena de errores que culminaron con el fallo adverso de La Haya como política de Estado debieron confluir en su apoyo y concreción los actores que pueden configurar el Estado. En una acepción, serían las tres ramas del poder público. En este caso, sin embargo, no fue solicitada la autorización del Congreso para someter cuestiones limítrofes a juicio de terceros, ni consultada la opinión del Consejo de Estado.

Tampoco se realizó la consulta previa exigida por la Constitución y el Convenio 169 de la OIT a las comunidades raizales, que insistentemente reclamaron ser escuchadas como parte relevante de la Nación colombiana. La oposición, representada en las vertientes alternativas a los partidos tradicionales, no ha sido incorporada a la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, por lo que su criterio tampoco hace parte de la mal llamada política de Estado.

Claramente, en lugar de una política de Estado consensuada con todos los actores pertinentes, lo que se configuró fue una política secreta de gobierno, que desembocó en un vicio de consentimiento de la Nación colombiana. En efecto, a través del agente especial de Colombia ante La Haya, se aceptó tácitamente acudir, sin autorización constitucional expresa, a una jurisdicción que contradice la reiterada tesis oficial de Colombia sobre la materia y la propia Constitución Política, que desde 1910 contempla la imposibilidad de reconocer modificaciones limítrofes mediante sentencia de tribunal extranjero.

A partir del 6 diciembre del 2001, fecha en que Nicaragua hizo su solicitud, la única actuación admisible para el Gobierno de Colombia era la de rechazar terminantemente acudir al proceso, como bien lo documentaron Germán Cavelier y Alberto Lozano Simonelli (2005). Conforme a las reglas de la Corte, no era dable que esta inscribiera la solicitud nicaragüense en el Registro General ni que efectuara acto de procedimiento alguno hasta tanto nuestro país hubiese aceptado su competencia.

El 20 de febrero del 2002 se presentó el agente de Colombia y pidió un plazo de 18 meses para alegar, el cual fue concedido. La litis quedó trabada por conducta concluyente, las excepciones preliminares fueron pobremente argumentadas solamente un sorprendente año y medio después, y nunca nos retiramos del proceso. Ahora estamos en un callejón sin salida: la sentencia es inaplicable internamente y la tesis del desacato nos convertiría en transgresores ante la comunidad internacional.

La comprobación del vicio de consentimiento de la Nación colombiana es la única vía para dejar sin efectos jurídicos la sentencia de La Haya. Para ello se hace necesario deducir las responsabilidades que les correspondan a quienes pretermitieron los procedimientos y autorizaciones requeridas para que el país pudiera aceptar el fallo que nunca debió producirse.

El Tiempo, Bogotá.

 

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