Artículo 36.- Vicepresidencia de Relaciones Internacionales. Tendrá entre otras, las siguientes funciones:
1. Coordinar la Comisión de Relaciones Internacionales del PDA.
2. Asesorar a la Presidencia, a la Secretaría General y al Comité Ejecutivo Nacional del PDA en todo ¡o relacionado con la política internacional y la posición del Partido en los organismos internacionales de los cuales hace parte.
3. Coordinar los pronunciamientos del PDA sobre la política internacional.
4. Coordinar junto con la Comisión Internacional del Polo el funcionamiento organizativo y la actividad política de los colombianos y las colombianas en el exterior que hacen parte del PDA.
5. Establecer relaciones con partidos y movimientos políticos, gobiernos y organizaciones democráticas de carácter internacional.