La participación política las personas de los sectores LGBTI
Artículo 87.- El Polo garantizará a las personas de los sectores LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, transgeneristas e intersexuales), su participación efectiva promoviendo y garantizando la presencia de estos sectores en las diferentes instancias y procesos del mismo, así como el reconocimiento de una Organización Nacional LGBTI del Polo Democrático Alternativo, en el marco de los Estatutos del Partido.
Artículo 88.- Denominación. La Organización Nacional de los sectores LGBTI se
Artículo 89.– Estructura. El Polo de Rosa se organizará a partir de Nodos Territoriales, en los Departamentos donde existan condiciones de conformarse. Para su constitución, se realizarán Asambleas Territoriales con el acompañamiento de la respectiva Coordinadora Territorial del PDA, donde se definirá su forma de funcionamiento.
Su coordinación política nacional estará a cargo del Nodo Coordinador Nacional, el cual estará compuesto por un (1) delegado o delegada de cada Nodo Territorial y las personas de los sectores LGBTI que conforman las instancias de dirección nacional del PDA.
El Polo de Rosa se reunirá en Congreso Nacional cada dos (2) años, en el marco del Congreso Nacional del Partido, previa convocatoria efectuada para tal fin por el Nodo Coordinador Nacional del Polo de Rosa, en coordinación con el Comité Ejecutivo Nacional del PDA.
El Polo de Rosa contará con una Secretaría Técnica compuesta por cinco (5) miembros, dos (2) de los cuales serán elegidos por el Comité Ejecutivo Nacional de la cuota LGBTI y tres (3) elegidos por el Polo de Rosa en reunión Nacional.