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COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA. Los manuales de convivencia: desarrollos de los fines y objetivos de la educación

COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

 

La Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación -FECODE-, como organización respetuosa y defensora de la ley, los derechos, la paz, la tolerancia y la pluralidad; frente a la polémica desatada sobre el tema de la educación sexual en las instituciones educativas en el país, expresa a la opinión ciudadana y al magisterio en particular, nuestro acatamiento a lo preceptuado en la Constitución Política en su Título II, Capítulo I, artículo 13, que señala: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

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COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

 

La Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación -FECODE-, como organización respetuosa y defensora de la ley, los derechos, la paz, la tolerancia y la pluralidad; frente a la polémica desatada sobre el tema de la educación sexual en las instituciones educativas en el país, expresa a la opinión ciudadana y al magisterio en particular, nuestro acatamiento a lo preceptuado en la Constitución Política en su Título II, Capítulo I, artículo 13, que señala: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

 

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados”.

Es decir, que no habrá discriminación por motivos de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, idioma, religión, opinión, origen, posición económica o condición social; lo cual se soporta en los principios y fines de la educación pública plasmados en los artículos 7 y 77 de la Ley 115 o Ley General de la Educación; en tanto la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educación de los hijos y las instituciones educativas gozan de autonomía escolar para la definición de las áreas, las metodologías y asignaturas optativas.

La Ley 1620 de 2013 o de Convivencia Escolar, defiende el derecho de los estudiantes “a ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de sus proyectos de vida”; los colegios tienen la obligación de, en su autonomía, revisar los manuales de convivencia para que estos sean respetuosos de lo anterior y para ello, se debe contar con la participación de toda la comunidad educativa: Docentes directivos, educadores, estudiantes y padres de familia. 

Finalmente, reiteramos que FECODE como el sector más victimizado del conflicto político, social y armado del país, propone que la “Escuela sea territorio de paz”, y llamamos al magisterio para que frente a este tema, no nos dejemos utilizar por quienes pretenden desvirtuar el sentido de la educación y la escuela, así como canalizar descontentos para enrarecer los ambientes sociales ideologizando y politizando un tema tan trascendente y complejo como lo es la educación sexual de los niños y los jóvenes colombianos a impartir en las aulas escolares. 

 

 

 

tomado de www.fecode.com

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