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¿Es posible poner límites a las aspiraciones políticas?

Si este punto llega a ser aprobado, un representante a la Cámara solo podría reelegirse tres veces; pero nada le impide dar el salto al Senado, donde podría estar otros 12 años. Así las cosas, podría estar 24 años en el Congreso de la República.

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Si este punto llega a ser aprobado, un representante a la Cámara solo podría reelegirse tres veces; pero nada le impide dar el salto al Senado, donde podría estar otros 12 años. Así las cosas, podría estar 24 años en el Congreso de la República.

 

Si este punto llega a ser aprobado, un representante a la Cámara solo podría reelegirse tres veces; pero nada le impide dar el salto al Senado, donde podría estar otros 12 años. Así las cosas, podría estar 24 años en el Congreso de la República.

La iniciativa castigaría tanto a los congresistas, que con base a relaciones clientelares conservan sus bastiones de poder, pero también a los que se preparan, estudian y hacen aportes importantes al desarrollo del país.

Para el representante León Fredy Muñoz (Alianza Verde), se ha visto cómo llegan congresistas que jamás intervienen, jamás presentan una propuesta de acto legislativo, ni de proyecto de ley. “Van a calentar silla. Ahora tendrán que mostrar cuál es su gestión. Esto ayuda a reducir la holgazanería en el Congreso”.

Según la senadora Paola Holguín, del Centro Democrático, este punto es técnicamente inviable, porque la ley estatutaria que reglamenta los mecanismos de participación ciudadana establece que no se pueden hacer preguntas que reformen la Constitución. “Limitar la participación en las corporaciones requiere una reforma constitucional, y eso no se puede preguntar en una consulta popular” .

Pregunta 7 de la Consulta: ¿Aprueba establecer un límite de tres periodos para ser elegido y ejercer en una misma corporación de elección popular como el Congreso, las Asambleas, los Concejos y las Juntas Administradoras Locales?

A FAVOR

Miguel Andrés Silva Moyano
Profesor del Insituto de Estudios Urbanos Universidad Nacional

Poner un límite a la reelección de congresistas y otros funcionarios de corporaciones de elección popular contribuiría, en cierta medida, a que se genere una mayor renovación de la política. Cada grupo en adelante, tendría que pensar en el recambio lo que los obliga a mayores aperturas y a que los votos poco a poco dejen de ser de una sola persona y que sean un poco más colectivos. Aunque en Colombia la práctica de la política en cuerpo ajeno ha sido evidente en algunas ocasiones, no siempre los actores políticos que lo hacen logran endosar la totalidad de sus votos a sus sucesores. En otras palabras, aprobar esta medida agregaría cierto grado de dificultad para aquellas casas políticas enquistadas en el poder político. Por otra parte, limitar la reelección en dichas corporaciones tendría implícito un simbolismo importante en la medida en que estos cargos dejan de ser vistos como privilegios o incluso como derechos adquiridos de quienes los ocupan. Es importante que se logre enviar un mensaje de un régimen político que brinda incentivos para la renovación permanente. Vale señalar que esto aplicaría no solo para Congreso sino también para Asambleas departamentales y Concejos municipales en las que los ciudadanos podrían encontrar mayores estímulos y una competencia un poco más abierta para poder participar.

EN CONTRA

Ricardo Zuluaga
Dr. Derecho Constitucional U. de Salamanca, docente U. Autónoma

Esa pregunta es un verdadero exabrupto democrático. No tiene ningún sentido limitar la representatividad o la posible representación de un individuo de su comunidad por vía legal, porque eso precisamente es lo que constituye el juego de la democracia. Si una persona debe volver a un cuerpo colegiado es función de los méritos y la confianza que genera en los electores, no en virtud de una prohibición legal. En Estados Unidos hay senadores que han estado 50 años, representantes a la Cámara que han estado 30 y 40 años y, evidentemente, se corre el riesgo del anquilosamiento o de que a través de prácticas corruptas mucha gente se haga reelegir indefinidamente, pero lo contrario sería correr un riesgo mayor, y es evitar que personas altamente competentes y capacitadas, con una gran experiencia política y un gran conocimiento del funcionamiento de las cámaras y de la vida política del país pueda volver a un cuerpo de esta naturaleza. Es absurdo, porque ese tipo de limitaciones las debe establecer el ciudadano con el sufragio, no la norma. Si se revisa los grandes congresos del mundo, como el parlamento alemán, se puede evidenciar esto. Por ejemplo, Angela Merkel, la primer ministro de Alemania, es parlamentaria nata, lleva más de 20 años. En el parlamento español Felipe González también estuvo muchos años.

ABSTENCIÓN

Andrea Celemín Caicedo
Profesora Departanento Ciencias Jurídicas U. Jorge Tadeo Lozano

Un mecanismo de control del proceso de representación es castigar a los elegidos cuando el representante se aleja del mandato de los electores. Correlativamente, este mecanismo también puede operar como una fórmula para premiar el idóneo ejercicio de la representación. La pregunta número 7 de la consulta popular pretende que la lógica castigo/premio se limite a tres periodos constitucionales. La medida persigue ampliar el espectro político colombiano. También evitar que los políticos “se atornillen en el poder”. Este propósito es razonable en contextos cerrados y elitistas como el nuestro. Sin embargo, la forma como se redactó la pregunta y su aprobación mediante una consulta hacen inocuo este propósito. La consulta no altera una práctica común de las carreras políticas en Colombia que es la de iniciar la carrera en una corporación y terminarla en la otra. La redacción de la pregunta permite, por ejemplo, que un Representante a la Cámara sea elegido tres periodos allí y otros tres en el Senado sin que con ello infrinja la prohibición. Igualmente, la propuesta es inocua porque se requiere reformar el artículo 179 de la Constitución para concretar esta limitación y la consulta popular no tiene ese alcance. Por ello se recomienda la abstención a la pregunta 7. Aunque su propósito está justificado, la propuesta no es eficaz.

 

Tomado de http://www.elcolombiano.com

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