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Ley Anticorrupción Tributaria presentada por el Polo en la Mesa Técnica

Entre los peores aspectos de la corrupción que destruye a Colombia está la relacionada con la gran evasión tributaria, robo –porque es un robo– con el que se defrauda al Estado en sumas enormes. Por ejemplo, un exdirector de la Dian calcula que el país pierde al año 18 billones de pesos al año por la sola evasión que utiliza paraísos fiscales.

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Entre los peores aspectos de la corrupción que destruye a Colombia está la relacionada con la gran evasión tributaria, robo –porque es un robo– con el que se defrauda al Estado en sumas enormes. Por ejemplo, un exdirector de la Dian calcula que el país pierde al año 18 billones de pesos al año por la sola evasión que utiliza paraísos fiscales.

 

Oficina de prensa del senador Jorge Enrique Robledo, Bogotá, septiembre 8 de 2018

Propuesta Polo Democrático Alternativo

Entre los peores aspectos de la corrupción que destruye a Colombia está la relacionada con la gran evasión tributaria, robo –porque es un robo– con el que se defrauda al Estado en sumas enormes. Por ejemplo, un exdirector de la Dian calcula que el país pierde al año 18 billones de pesos al año por la sola evasión que utiliza paraísos fiscales.

Entre los proyectos de ley que se tramiten con mensaje de urgencia se propone este contra la gran corrupción en el sistema tributario colombiano:

1. Cárcel, no excarcelable, para los grandes evasores tributarios, como ocurre en otros países. Esta cárcel también sancionará a los asesores tributarios que hayan participado en el diseño de la conducta delictiva.

2. La Dian creará un bloque de búsqueda contra la gran corrupción tributaria, conformado por 50 funcionarios de las mejores calidades y los recursos necesarios para perseguirla, en especial, a la que toca con paraísos fiscales, precios de transferencias y regalías.

3. De acuerdo con la práctica de la DIAN, son secretos los procesos y nombres de las personas y empresas procesadas y aun condenadas por actos de corrupción tributaria. Esos procesos serán públicos, con no mayores restricciones que los de la justicia penal.

4. Las empresas mineras que actúen en Colombia deberán utilizar los precios al consumidor final mayorista, nacional o internacional, para liquidar los impuestos y regalías que deban pagarle al Estado colombiano.

5. El gran contrabando técnico será tipificado como delito autónomo, no como sucede hoy cuando aparece dentro de otro, lo que facilita su ocultamiento e impunidad.

6. Los que deriven más del 70 por ciento de sus ingresos en Colombia y tengan más del 30 por ciento de su patrimonio en el exterior, no podrán hacer uso de ningún beneficio tributario colombiano. Habrá un período de transición de dos años.

7. Los giros a y desde países definidos como paraísos fiscales que no tengan acuerdos tributarios con Colombia quedarán prohibidos.

8. Con respeto al debido proceso, se hará más expedito el levantamiento del velo corporativo a las empresas comprometidas en actos de corrupción.

9. Serán especialmente tipificados y sancionados los actos de violación de la ley que involucren a nacionales con extranjeros, en detrimento de patrimonio público y el interés nacional.

10. En la búsqueda de investigaciones con todas las garantías, Fiscal, Procurador y Contralor no podrán ser candidatos a la Presidencia en la elección siguiente a la fecha de culminación de sus períodos. Los actuales funcionarios entonces no podrán ser candidatos en 2022.

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