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Violencia contra las mujeres, complicidad institucional y crisis económica

En Colombia durante el 2015, al menos 145 mujeres murieron a manos de sus parejas o ex pareja(1)   . Según Sisma Mujer, esto significó que hubo al menos un feminicidio cada cuatro días en Colombia(2)  . En lo que va del 2017, las autoridades han confirmado 57 feminicidios(3) , es decir, mujeres que son asesinadas en contextos de discriminación sistemática en su contra, discriminación manifestada en violencia física, psicológica, simbólica o económica(4)   porque son mujeres. 

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En Colombia durante el 2015, al menos 145 mujeres murieron a manos de sus parejas o ex pareja(1)   . Según Sisma Mujer, esto significó que hubo al menos un feminicidio cada cuatro días en Colombia(2)  . En lo que va del 2017, las autoridades han confirmado 57 feminicidios(3) , es decir, mujeres que son asesinadas en contextos de discriminación sistemática en su contra, discriminación manifestada en violencia física, psicológica, simbólica o económica(4)   porque son mujeres. 

Durante el 2015, al menos cada 12,6 minutos una mujer fue agredida físicamente por su pareja o ex pareja(5) . 

Sí de algo ha servido el caso de Claudia Rodríguez(6) , asesinada por su ex pareja, quien fue condenado en el 2006 por asesinar a su cuñada y cuñado y dejar gravemente herida a su entonces pareja, es que la justicia y la seguridad pública en Colombia, son por decirlo en términos amables, deficientes a la hora de proteger la vida de las mujeres. Tras reiterados intentos de llamar a la policía, el homicidio de Claudia, fue más advertido que el asesinato de Santiago Nasar.

Pese a las numerosas recomendaciones de organismos internacionales y exigencias de las organizaciones de mujeres, la violencia machista sigue cobrando vidas en Colombia que serían salvables, si hubiese voluntad política para invertir recursos en programas de prevención y acompañamiento tanto a agredidas como a agresores y se educara a los impartidores de justicia para que no tuviesen prejuicios anquilosados del siglo ante pasado. 

La respuesta del Estado no sólo ha sido deficiente(7) , demostrada en los altos índices de impunidad en violencias contra mujeres que hoy rondan entre el 89% y el 91% (8), sino que además el Fiscal General de la Nación, principal responsable de llevar a cabo estas investigaciones, se ha mostrado abiertamente machista. Durante el 2016, antes de ser elegido fiscal y sorprendiendo a las organizaciones de mujeres agrupadas en la Ruta Pacífica de Mujeres (9), Néstor Humberto Martínez manifestó que “al criminalizarse la violencia intrafamiliar finalmente se está generando una ruptura del núcleo familiar a partir de expresiones de violencia de ocasión, además, atosigando a todo el sistema penal colombiano”. (10) 

Las declaraciones del fiscal ponen en riesgo la vida de las mujeres y lanzan un claro mensaje a quienes trabajan con la justicia colombiana, a los hombres agresores y a las mujeres agredidas: la violencia intrafamiliar, en donde las mujeres son el 86,6% de las víctimas no es grave. Al nombrarla violencia de ocasión se desconoce que la violencia física hace parte del contexto de violencias que pueden culminar con el feminicidio. 

Decir que la justicia cojea en Colombia para las mujeres es usar un eufemismo de astronómica magnitud. 

Anudado a la violencia institucional, el atraso cultural y la violencia física, las mujeres viven una situación económica precaria que es un caldo de cultivo perfecto para hacerlas aún más vulnerables. Estudios en Asia y Estados Unidos han demostrado que en las crisis financieras y a raíz de la perdida de empleo de los ciudadanos, la violencia doméstica aumenta (11).

Colombia se encuentra en una de sus peores crisis económicas, lo que refuerza la feminización de la pobreza y puede aumentar la violencia doméstica debido a la pérdida de empleo de los Colombianos.  Los cambios estructurales son fundamentales para reducir la violencia de género, problema que pertenece al espectro de lo público (que jamás ha debido ser confinado a lo privado) y  responsabiliza al Estado colombiano. 

Irene Arenas Almandós

Coordinadora del Grupo Género y Seguridad de la Universidad Nacional 

 

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[1] Esta es la cifra registrada por el Instituto Nacional de Medicina Legal, que no necesariamente corresponde con la realidad y puede ser mucho mayor, pues el INML tiene entre estadística directa e indirecta una cobertura del 82% de los municipios del país. Tomado de: http://bit.ly/1OFgK7a , consultado el 14 de abril de 2017.

[2] Corporación Sisma Mujer tomado de: http://bit.ly/2gcYjN5 , consultado el 13 de abril de 2017.

[3] No todo asesinato de una mujer es un feminicidio.

[4] La violencia económica en mujeres no solo se presenta cuando no tienen acceso a trabajo sino cuando sus parejas controlan sus bienes e ingresos.

[5] Según la Encuesta Nacional de Salud, realizada por Profamilia, el 73% de las mujeres que fueron golpeadas por su pareja o ex pareja dijeron nunca haberlo reportado. Tomado de: http://bit.ly/2gcYjN5 , consultado el 14 de abril de 2017. Las cifras que se conocen sobre violencia física de mujeres son mucho menores a lo que sucede en la realidad pues las mujeres enfrentan dos obstáculos para hacer parte de los números de medicina legal: 1. Decidir denunciar, sobreponerse al miedo de la represalias, sobreponerse a la desconfianza en las instituciones y reconocer que la culpa no es de ellas, de las agredidas sino del agresor y 2. Que la entidad competente las remita a medicina legal y no deje que el prejuicio machista predomine, instando a las mujeres a conciliar con su agresor como suele ser registrado por organizaciones de mujeres.

[6] Tomado de: http://bit.ly/2p1pMWh  , consultado el 12 de abril de 2017.

[7] Según la Corporación Sisma Mujer , “entre 2009 y mayo de 2014, solo 7 (de 30) Direcciones Seccionales de la Fiscalía reportaron haber tenido en cuenta la agravante punitiva por el hecho de ser mujer en 12 investigaciones iniciadas por el delito de homicidio (…)lo que refleja la inexistencia de una política institucional que impulse la adecuada conducción de las investigaciones en los casos de feminicidio al interior de la FGN, para hecho ocurridos antes de la vigencia de la ley que regula esta conducta como delito autónomo (Ley 1761 de 2015).” Tomado de: http://bit.ly/2gcYjN5 , consutado el 13 de abril de 2017.

[8] Corporación Sisma Mujer, tomado de: http://bit.ly/2oMeNm0 ,consultado el 13 de abril de 2017 .

[9] La silla Vacía: Feministas piden no elegir a Néstor Humberto Martínez, tomado de: http://bit.ly/29aJAQs ,consultado jueves 13 de abril de 2017.

[10] Declaraciones del hoy Fiscal, tomado de: http://bit.ly/2ofx5J2 , consultado jueves 13 de abril de 2017.

[11] Revista Emakunde, tomado de: http://bit.ly/2oM9S4v , consultada el 14 de abril de 2017.

 

 

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