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Casos de Electricaribe y Triple A practicamente por fuera del ordenamiento jurídico interno

Por Norman Alarcón Rodas, Barranquilla, agosto 26 de 2016

La situación con respecto a la prestación del servicio eléctrico en la Costa Atlántica para más de diez millones de habitantes y el sector productivo sigue de mal en peor ya que ninguna de las medidas de medias tintas adoptadas por las autoridades respectivas han servido para resolver sus graves falencias. Ni el Plan5Caribe, del cual Gas Natural Fenosa apenas ha cumplido el 11,4% de los compromisos, ha servido para calmar los ánimos.

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Por Norman Alarcón Rodas, Barranquilla, agosto 26 de 2016

La situación con respecto a la prestación del servicio eléctrico en la Costa Atlántica para más de diez millones de habitantes y el sector productivo sigue de mal en peor ya que ninguna de las medidas de medias tintas adoptadas por las autoridades respectivas han servido para resolver sus graves falencias. Ni el Plan5Caribe, del cual Gas Natural Fenosa apenas ha cumplido el 11,4% de los compromisos, ha servido para calmar los ánimos.

 

Ahora la perspectiva se torna más inquietante cuando la trasnacional española ha notificado al gobierno colombiano que se acoge al “Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre la República de Colombia y el Reino de España”, recogido en la ley 437 de 1998, invocando “controversias” entre las partes. Dice el artículo XI del Acuerdo en su numeral 2 que “Si la controversia no pudiera ser resuelta de esta forma (a través de un acuerdo amistoso) en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de notificación escrita mencionada en el párrafo 1, será sometida a elección del inversionista:” a tribunales del país receptor (Colombia), a un tribunal de arbitraje de las Naciones Unidas, a un Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) con asiento en Washington, o a un mecanismo de la CIADI para la Conciliación y Arbitraje cuando no se ha adherido a este último convenio. Además las sentencias de arbitraje serán definitivas y vinculantes para las partes enfrentadas.

En plata blanca, las divergencias de Electricaribe con el gobierno y los millones de usuarios de la Costa no se dirimirán con arreglo a la Constitución Nacional y las leyes de nuestra nación sino en tribunales internacionales de arbitraje en donde los intereses de Colombia no se podrán resguardar de acuerdo a las experiencias del pasado ya que nuestro país no tendría sino un voto de los tres árbitros que integran dichos tribunales.

La paradoja no es cualquiera. Por graves que sean los quebrantos ocasionados por Electricaribe a la población costeña durante más de tres lustros, no podrá haber reparación y justicia en el contexto actual por cuanto la nación entera está a merced de contratos leoninos y de Tratados de Libre Comercio que solo favorecen a los consorcios extranjeros en desmedro de los intereses legítimos de los connacionales, la Superservicios prácticamente no podrá intervenir a la empresa cuestionada así la ley 142 lo ordene, como lo estaban exigiendo la mayoría de las fuerzas vivas de la región. Y con este engendro también se protegen empresas que han saqueado el patrimonio de los barranquilleros como la Triple A con su doble despojo ilegal de acciones del distrito y de la contabilidad forense a través de los llamados “activos intangibles” porque ante cualquier intento de resarcimiento ciudadano podrían invocar el susodicho “Acuerdo de protección de Inversiones”.

Ante el grave quebrantamiento de nuestra soberanía económica corresponde tomar conciencia que nos lleve a replantear el absurdo modelo neoliberal que debe ser remplazado por un nuevo estado de cosas que tenga en cuenta los intereses de las mayorías laboriosas forjadoras del progreso social.

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