Titulares
En audiencia organizada por representante Alirio Uribe hubo consenso en rechazar reforma al fuero penal militar
Confidencial Colombia
A instancias del representante del Polo Democrático Alternativo, Alirio Uribe Muñoz, se realizó el pasado jueves 28 de agosto en el Congreso de la República, la audiencia pública para analizar los alcances del proyecto de ley que busca reformar la justicia penal militar, impulsado por el Ministerio de Defensa.
En el debate intervinieron además del congresista Uribe Muñoz; una representante de las madres de Soacha, el delegado de la ONU para Colombia, Todd Howland y el coronel Fabio Araque, juez penal militar, entre otros.
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A instancias del representante del Polo Democrático Alternativo, Alirio Uribe Muñoz, se realizó el pasado jueves 28 de agosto en el Congreso de la República, la audiencia pública para analizar los alcances del proyecto de ley que busca reformar la justicia penal militar, impulsado por el Ministerio de Defensa.
En el debate intervinieron además del congresista Uribe Muñoz; una representante de las madres de Soacha, el delegado de la ONU para Colombia, Todd Howland y el coronel Fabio Araque, juez penal militar, entre otros.
Los pronunciamientos del representante Uribe, y del delegado de las Naciones Unidas, fueron en el sentido de que una reforma al articulado que regula el fuero penal militar es innecesaria y podría abrirle la puerta a la impunidad en casos tan delicados como el de las ejecuciones extrajudiciales, llamadas “falsos positivos”.
El ánimo de presentar esta reforma está contenido en la insistencia por parte del ministro de defensa, juan Carlos Pinzón, en el sentido de que es urgente modificar el sistema para generar unas medidas de mejoramiento. Además, señala que no se busca generar impunidad.
La manzana de la discordia es el artículo 8 del mencionado proyecto en el que se deja claro qué tipo de delitos pasarían a ser conocidos por la justicia penal militar. Los homicidios, las infracciones contra el derecho internacional humanitario, los delitos contra la protección de la información y de los datos, los delitos contra la fe pública, los delitos contra la administración pública, los delitos contra la seguridad pública, los delitos contra la seguridad de la Fuerza Pública, los delitos contra la población civil y los delitos contra la existencia y la seguridad del Estado. Quedarían excluidos de la jurisdicción militar los crímenes de lesa humanidad, la desaparición forzada, el genocidio, las ejecuciones extrajudiciales, la violencia sexual, la tortura y el desplazamiento forzado.
El representante Uribe manifestó que al poner trasladar a la jurisdicción militar un delito como el homicidio pero excluir las ejecuciones extrajudicales, se estaría entrando en un problema grave en relación con los llamados “falsos positivos” ya que estos no están tipificados como delito en Colombia. Por esa razón, los responsables han sido juzgados por delitos como homicidio. Así, de ser aprobado el proyecto de ley, sería la Justicia Penal Militar la que juzgaría esas acciones.
La mayor parte de los reparos a este proyecto de ley que pretende reformar el fuero penal militar se basan en una ponencia de la Comisión Colombiana de Juristas, presentada por Gustavo Gallón. En este documento se expresan los reparos sobre el juzgamiento de los hechos ya mencionados, así como la inconveniencia de darle trámite a un proyecto de ley que se debe resolver a través de una Ley estatutaria, ya que entraría a modificar mecanismos de garantía y protección de derechos fundamentales.
“En el caso que nos ocupa, el proyecto de ley objeto de revisión hace referencia a las dos materias señaladas con anterioridad en cuanto regula, primero, el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia, especialmente de las víctimas de violaciones a los derechos humanos, que se concreta en la obligación del Estado colombiano de garantizar la existencia de un recurso judicial efectivo.
Y segundo, modifica la estructura de la administración de justicia, particularmente de la jurisdicción penal militar. Lo anterior se evidencia incluso en el título del proyecto de ley. Por tanto, el trámite que se le debió haber dado corresponde al de una ley estatutaria, y no al de una ley ordinaria, tal como cursa en la actualidad”, se puede leer en la ponencia mencionada.
Por su parte, Howland expresó sus reparos en los siguientes términos: “Estamos preocupados que este proyecto no va a ayudar a este país a crear una paz sostenible. Se necesita un reconocimiento de las víctimas, pero además una garantía de no repetición y por eso hay una gran contradicción si se aprueba este proyecto porque no ayudará a la paz”.
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