Conecta con nosotros

Titulares

Iván Cepeda interpone denuncia por injuria y calumnia contra testigo en caso Luis Alfredo Ramos

El senador del Polo Democrático Alternativo, Iván Cepeda presenta denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra Carlos Enrique Areiza, quien en diciembre de 2014 aseguró que había recibido presiones por parte del congresista para declarar en el proceso que se le sigue al exgobernador de Antioquia y exsenador Luis Alfredo Ramos. Cepeda anexará varias declaraciones de Areiza, anteriores al primer contacto que tuvo con él para mediar en su entrega tras una fuga de la cárcel Bellavista, en las cuales el preso ya había hecho acusaciones, no solo en contra de Ramos Botero, sino en contra de otros personajes de la vida política y militares.

Publicado

en

El senador del Polo Democrático Alternativo, Iván Cepeda presenta denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra Carlos Enrique Areiza, quien en diciembre de 2014 aseguró que había recibido presiones por parte del congresista para declarar en el proceso que se le sigue al exgobernador de Antioquia y exsenador Luis Alfredo Ramos. Cepeda anexará varias declaraciones de Areiza, anteriores al primer contacto que tuvo con él para mediar en su entrega tras una fuga de la cárcel Bellavista, en las cuales el preso ya había hecho acusaciones, no solo en contra de Ramos Botero, sino en contra de otros personajes de la vida política y militares.

Por los delitos de injuria y calumnia, el senador Cepeda acciona penalmente contra l testigo Carlos Enrique Areiza, quien acusó al congresista de presionarlo y ofrecerle 100 millones de pesos para dar testimonios que incriminaran al exgobernador Luis Alfredo Ramos y a los senadores Álvaro Uribe y José Obdulio Gaviria con acciones delictivas.

Areiza declaró el 25 de octubre de 2011, antes de conocer al senador Cepeda, en el despacho 20 de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz, que conoció de una reunión que se habría efectuado en 2006 entre el exgobernador Ramos, el paramilitar Vicente Castaño, un representante del cartel del Norte del Valle y el gerente de Bellanita de Transportes.

Posteriormente, en diciembre de 2011, el testigo Areiza conoció al senador Cepeda, por solicitud propia de que este mediara en su entrega, tras su fuga de la cárcel Bellavista.

El congresista le solicitará a la Fiscalía “investigar hasta las últimas consecuencias la actuación del señor Areiza. Esta persona está atacando mi imagen, mi buen nombre y mi dignidad. Además, se está prestando para hacer incurrir en error a la autoridad competente, y está buscando desacreditar mis exigencias de justicia en otros casos que son actualmente tratados por la Fiscalía y la Corte Suprema de Justicia”, afirmó Cepeda.

La denuncia se radicada en la tarde de este lunes ante el despacho del fiscal general, Eduardo Montealegre.

Texto completo de la acción penal

Bogotá D.C., 16 de marzo de 2015.

Doctor
EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT
Fiscal General de la Nación
E. S. D.

Respetado Fiscal General de la Nación:

Iván Cepeda Castro, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.262.397 de Bogotá, domiciliado y residente en Bogotá; formulo denuncia de carácter penal por los delitos de injuria, calumnia y fraude procesal (de conformidad con los artículos 220, 221 y 453 de la Ley 599 del año 2000) contra el señor Carlos Enrique Areiza Arango, mayor de edad, en la actualidad condenado y recluido en la Cárcel de Itagüí.

1. Hechos

1.1. Por información de varios medios de comunicación masiva, fui enterado de que el día 19 de enero del presente año, durante la realización del juicio contra el excongresista Luis Alfredo Ramos, su abogado Luis Gustavo Moreno dijo que demostrará que existe un “cartel de testigos falsos” para incriminar a su cliente. Del supuesto cartel haría parte el hoy condenado y encarcelado, Carlos Enrique Areiza Arango, quien certificó por escrito, a finales del año 2014, que testificó contra Ramos por supuestas “presiones del senador Iván Cepeda Castro”.

1.2. Según la información periodística, se trata de una declaración en la que Areiza me acusa de presionarlo y ofrecerle 100 millones de pesos a cambio de declarar no solo contra Luis Alfredo Ramos, sino también contra el expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez y su hermano, al igual que contra el senador José Obdulio Gaviria. Igualmente, me acusa de amenazar con “perseguirlo dentro de la cárcel” y también de “perseguir a su familia”.

1.3. De la misma forma en la página web de La FM de la cadena RCN (en el enlace http://www.lafm.com.co/noticias/la-carta-en-la-que-testigo-acu-175932), se encuentran publicadas unas cartas firmadas por el señor Areiza Arango, en una de las cuales se sostiene: “He venido recibiendo presiones por parte del señor Iván Cepeda para que declare en la Corte y me ofrecieron 100 millones de pesos. Pero si yo no les colaboro me van a hacer la vida imposible en la cárcel a mí a y mi familia, que van a sufrir consecuencias. Esto si yo no enredaba al expresidente Uribe, su hermano, también al señor José Obdulio Gaviria y al ex gobernador (sic) de Antioquia Luis Alfredo Ramos”.

1.4. En otra de las cartas, el señor Areiza afirma que: “El mismo Senador Ivan Cepeda viajo (sic) hasta el municipio de Bello (Ant) y me recibió en su camioneta donde yo viaje (sic) con el señor Carlos Contreras hasta la cárcel de Itagüí, en el transcurso del viaje de Bello a Itagüí este me pregunta constantemente sobre si sabía algo de la familia Uribe Vélez o de sus colaboradores. A lo cual yo le manifesté que poco o nada conocía yo de esos señores y él me responde que yo si (sic) debo saber algo y que tengo que ponerlo en conocimiento de la Corte y la Fiscalía”. En la misma carta más adelante el señor Areiza dice: “yo debía enredar a Mario Uribe Escobar como fuera”.

1.5. Más adelante, menciona que yo habría designado a algunas personas “para que me presionaran hasta que yo declarara y he venido recibiendo más presión por parte del señor Iván Cepeda para que yo ratifique declaración de ‘pipinta’ (sic) y me ofrecieron 100 millones de pesos si yo les colaboraba o si no me ivan (sic) hacer la vida imposible en la cárcel”.

2. Elementos de configuración de los delitos de injuria y calumnia

2.1. Mi relación con el señor Carlos Enrique Areiza Arango ha sido únicamente en mi condición de mediador para que él se entregara a las autoridades, después de que se fugó de la cárcel de Bellavista. Eso le consta al entonces ministro de Justicia Juan Carlos Esguerra, quien estuvo al tanto de mi labor, así como a la Defensoría del Pueblo. Yo lo transporté en una camioneta asignada a mi escolta hasta la cárcel de Itagüí y lo entregué al director de esa penitenciaría el 15 de diciembre de 2011.

2.2. Posteriormente, realicé una visita al centro carcelario de Itagüí el 26 de enero de 2012 para visitar al señor Areiza Arango con el fin de verificar su situación de seguridad, pues me había comprometido desde el momento de la entrega a hacerlo como garantía de que él recibiría un trato digno en ese centro carcelario.

2.3. En ningún momento ejercí algún tipo de presión contra el señor Areiza Arango, para que brindara testimonio contra el señor Luis Alfredo Ramos, contra cualquier otro dirigente político o contra persona alguna.

2.4. Del mismo modo, aclaro que no he tenido en Antioquia, o en ningún lugar del territorio nacional, personas que me representen o actúen en mi nombre, ni tengo ni he tenido ninguna relación con alguna persona de nombre Carlos Franco. Aclaro, además, que para ningún fin me he hecho representar por el señor Carlos Contreras director de la Corporación Construyendo nuevos y mejores caminos, con quien solo tengo relaciones enfocadas en el trabajo a favor de la población carcelaria.

2.5. Por el contrario, durante las dos ocasiones en que me reuní con el señor Areiza, recibí información de él en el sentido de que aparentemente tenía información que involucraba a varios miembros de los partidos políticos con personas pertenecientes a grupos paramilitares y del narcotráfico, de lo cual sostuvo tener prueba documental.

2.6. En dichas ocasiones, mi respuesta a estas afirmaciones fue que si el señor Areiza presentaba una prueba o si quería hacer una declaración ante las autoridades sobre algún hecho presuntamente delictivo, yo me vería en la obligación legal de ponerla en conocimiento de la autoridad competente para que fueran investigada. Así lo he hecho siempre en los casos en que se me entregó información concreta sobre actos delictivos. No obstante, en ambas ocasiones el señor Areiza no presentó ningún documento ni manifestó querer declarar ante las autoridades. De todo esto tengo pruebas ya que en las dos ocasiones en que me reuní con él estuve acompañado por otras personas que pueden testimoniar sobre la realidad de lo ocurrido.

2.7. Además es importante tener en cuenta que las afirmaciones que entregó el señor Carlos Enrique Areiza Arango, no tienen ningún asidero en la realidad, lo cual está plenamente demostrado en documentos que han sido remitidos a mi oficina. En ellos se demuestra plenamente que meses antes de que yo conociera a Areiza e interviniera en su entrega, él había dado testimonios en varias audiencias ante la jurisdicción de Justicia y Paz contra el exsenador y exgobernador Luis Alfredo Ramos y contra otras de las personas que él señala que yo le habría exigido acusara bajo supuestas presiones o sobornos.

2.8. Por ejemplo, el señor Areiza acusó de tener supuestas relaciones con paramilitares o narcotraficantes en sus testimonios ante la Unidad de Justicia y Paz a los señores Luis Carlos Restrepo y Alberto Builes el 2 de marzo de 2011, a Mario Uribe y Juan Gómez Martínez el 23 de marzo de 2011, al señor Alberto Uribe, a los generales (r) Jorge Enrique Mora Rangel, Mario Montoya, Harold Bedoya, Salgado Méndez, Luis Ernesto Gilibert y Jorge Daniel Castro, el 13 de abril del 2011. Igualmente, en uno de sus testimonios el 25 de octubre del 2011, acusó de haberse reunido con paramilitares a los señores Luis Alfredo Ramos y Oscar Suárez Mira.

Como puede observar la Fiscalía, el señor Carlos Enrique Areiza Arango ha venido realizando afirmaciones deshonrosas e imputando en mi contra, con falsedades, supuestas conductas delincuenciales. Al mismo tiempo ha engañado a la autoridad judicial al intentar retractarse de sus declaraciones originales en el caso de las presuntas relaciones del exgobernador Luis Alfredo Ramos con paramilitares utilizando para ello mentiras en mi contra.

Señor Fiscal, solicito se investigue hasta sus últimas consecuencias la actuación del señor Carlos Enrique Areiza Arango, persona que está atacando mi imagen, mi buen nombre y mi dignidad. Además, que se está prestando para hacer incurrir en error a la autoridad competente, y que está buscando desacreditar mis exigencias de justicia en otros casos que son actualmente tratados por la Fiscalía y la Corte Suprema de Justicia.

3. Situación Jurídica

Los delitos de injuria y calumnia están contemplados de la siguiente manera en el Código Penal colombiano:

Artículo 220. Injuria. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que haga a otra persona imputaciones deshonrosas, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 221. Calumnia. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que impute falsamente a otro una conducta típica, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

De la misma forma el delito de fraude procesal está contemplado de la siguiente forma en nuestra legislación penal:

Artículo 453. Fraude procesal. [Modificado por el artículo 11 de la ley 890 de 2004] El que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años.

Estas conductas podrían ser agravadas en la medida de lo que señala la misma legislación penal:
Artículo 223. Circunstancias especiales de graduación de la pena. Cuando alguna de las conductas previstas en este título se cometiere utilizando cualquier medio de comunicación social u otro de divulgación colectiva o en reunión pública, las penas respectivas se aumentarán de una sexta parte a la mitad. Si se cometiere por medio de escrito dirigido exclusivamente al ofendido o en su sola presencia, la pena imponible se reducirá hasta en la mitad.

4. Pruebas

Señor Fiscal, solicito se tengan como pruebas las siguientes:
– Fotocopia del testimonio rendido por el señor Carlos Enrique Areiza el día 2 de marzo de 2011, ante la Unidad de Justicia y Paz con sede en Medellín, en diligencia presidida por la doctora Adriana Restrepo Restrepo.
– Fotocopia del testimonio rendido por el señor Carlos Enrique Areiza el día 23 de marzo de 2011, ante la Unidad de Justicia y Paz con sede en Medellín, en diligencia presidida por la doctora Adriana Restrepo Restrepo.
– Fotocopia del testimonio rendido por el señor Carlos Enrique Areiza el día 13 de abril de 2011, ante la Unidad de Justicia y Paz con sede en Medellín, en diligencia presidida por la doctora Adriana Restrepo Restrepo.
– Fotocopia del testimonio rendido por el señor Carlos Enrique Areiza el día 28 de octubre de 2011, ante la Unidad de Justicia y Paz con sede en Medellín, en diligencia presidida por la doctora Adriana Restrepo Restrepo.

5. Notificaciones

Recibo notificación en la carrera 7 No. 8-68, oficina 636B. Manifiesto que la presente denuncia la hago bajo la gravedad de juramento y que no he interpuesto denuncia igual ante otra autoridad por los mismos hechos aquí señalados. Estaré presto a la citación para ampliar lo que sostengo en este escrito.

Con todo respeto,

Iván Cepeda Castro

 

Continúe leyendo
Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *