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¡No más ChuzaDAS!

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Se radica Proyecto de Ley Estatutaria para que no haya más ‘ChuzaDAS’

 

Bogotá, D.C., Septiembre 20 de 2023.- El Representante a la Cámara del Polo Democrático Alternativo, Alirio Uribe Muñoz, radicó esta semana, un proyecto de Ley Estatutaria que pretende modificar la ley de inteligencia y contrainteligencia que existe actualmente.

“Lo que pretendemos con este proyecto es, fortalecer los mecanismos de control y supervisión de las actividades legales de inteligencia y contrainteligencia que se realizan en el país, sobre todo en apego a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos, y así evitar que vuelvan a ocurrir las mal llamadas ‘chuzadas’ como las que han pasado en Colombia”, aseguró Uribe Muñoz.

El proyecto que tiene 18 artículos, también responde a las recomendaciones que ha realizado Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los artículos 41 y 42 de la Comisión de la verdad.

“A nuestro juicio y de acuerdo a nuestra experiencia, con esta ley vamos a tener más controles y más garantías para los derechos humanos. No podemos olvidar las chuzadas que han realizado a los y las defensoras de derechos humanos, a periodistas, a Magistrados, movimientos sociales, políticos y partidos de oposición”, indicó el Congresista quien durante varios años dirigió una de las organizaciones no gubernamentales más importantes a nivel nacional e internacional, el Colectivo de Abogados y Abogadas ‘José Alvear Restrepo’– CCAJAR- y quien fuera una de las víctimas de estas chuzadas por parte, en su  momento del extinto Departamento Administrativo de Seguridad – DAS-.

Es en razón de estas actividades de inteligencia y contrainteligencia que se usaron ilegalmente, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH- en su informe de fondo por el caso del CCAJAR, recomendó al Estado Colombiano, “Abstenerse de realizar labores de inteligencia que impliquen limitaciones arbitrarias a los derechos a la vida privada y libertad de expresión, en los términos establecidos en el presente informe de fondo. En particular, el Estado deberá asegurar que cualquier injerencia en dichos derechos como resultado de labores de inteligencia cumplan con los estándares de legalidad, finalidad imperiosa, necesidad y proporcionalidad”.

Por este caso, el Estado Colombiano fue declaro responsable por violaciones a los derechos a la integridad personal, libertad de pensamiento y expresión y libertad de asociación[1], los derechos a la honra y la y la dignidad, vida privada y familiar, libertad de expresión[2] y por los derechos a las garantías judiciales, la protección judicial y acceso a la información[3], recomendó Abstenerse de realizar labores de inteligencia que impliquen limitaciones arbitrarias a los derechos a la vida privada y libertad de expresión, en los términos establecidos en el presente informe de fondo. En particular, el Estado deberá asegurar que cualquier injerencia en dichos derechos como resultado de labores de inteligencia cumplan con los estándares de legalidad, finalidad imperiosa, necesidad y proporcionalidad

El proyecto de Ley Estatutaria que fue radicado para que empiece su trámite por la Cámara de Representantes, también contempla normas para limitar y controlar el monitoreo del espectro electromagnético que se realiza legalmente. En ese sentido, el artículo 3 del proyecto indica que “la información recolectada en el marco del monitoreo del espectro electromagnético en ejercicio de las actividades de inteligencia y contrainteligencia, que no sirva para el cumplimiento de los fines establecidos en la presente Ley, deberá ser destruida y no podrá ser almacenada en las bases de datos de inteligencia y contrainteligencia”.

La iniciativa es liderada además por varios y varias defensoras de derechos humanos que hoy día son congresistas, entre ellos, Carmen Ramírez, Jahel Quiroga, Gloria Flórez, de la mano de diversas organizaciones sociales, de víctimas y con los aportes del Ministerio de Defensa, la Dirección Nacional de Inteligencia, el Ejército, la Armada Nacional, la fuerza Aeroespacial, la Policía Nacional, la Unidad de Información y Análisis Financiero, el Departamento Conjunto de Inteligencia y contrainteligencia, así como el respaldo de 26 congresistas más de Senado y Cámara de Representantes.

 

 

[1] Artículos 5.1, 13.1, y 16.1 en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969 en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos ratificada por el Estado Colombiano mediante la ley 167 de 1972.

[2] Ibidem Artículos 11.2, 13 y 16 en relación con el artículo 1.1.

[3] Ibidem Artículo 8.1, 25.1 y 13 en relación con el artículo 1.1.

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