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¡Peñalosa prioriza la creación del Fondo de Cargas Urbanísticas sin aclarar cómo se cobrarán las plusvalías en Bogotá!

El Concejal Celio Nieves Herrera afirmó que la intención del proyecto de acuerdo que modifica la plusvalía como instrumento de gestión de recursos en Bogotá no queda clara y causa desconfianza; pues  la Administración Distrital argumenta que con esta iniciativa busca: En primer lugar, ser más eficiente en el proceso de identificación de los hechos generadores de la participación en plusvalía de acuerdo a lo establecido en la Ley nacional (Ley 388 de 1997 – Ley 019 de 2012 (Anti-  trámites) y Decreto Nacional 1077 de 2015).  En segundo lugar,  precisar los momentos en los cuales no hay lugar a pago de plusvalía.

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El Concejal Celio Nieves Herrera afirmó que la intención del proyecto de acuerdo que modifica la plusvalía como instrumento de gestión de recursos en Bogotá no queda clara y causa desconfianza; pues  la Administración Distrital argumenta que con esta iniciativa busca: En primer lugar, ser más eficiente en el proceso de identificación de los hechos generadores de la participación en plusvalía de acuerdo a lo establecido en la Ley nacional (Ley 388 de 1997 – Ley 019 de 2012 (Anti-  trámites) y Decreto Nacional 1077 de 2015).  En segundo lugar,  precisar los momentos en los cuales no hay lugar a pago de plusvalía.

Sin embargo, el principal objetivo de esta iniciativa es la creación del Fondo de Cargas Urbanísticas porque según el Secretario de Planeación, las cargas urbanísticas que son diferentes a la plusvalía tienen la posibilidad de garantizar los tiempos de recaudo de las cargas y se pretende que estos recursos sean priorizados para intervenciones integrales del Plan de Desarrollo.

Nieves Herrera, en su análisis sobre el proyecto, afirma que tal y como lo expresó en primer debate, el Concejo no conoció cual sería el procedimiento para realizar la exigibilidad y cobro de la participación en plusvalía ya que desde la creación de este tributo han sido grandes los desafíos en cuanto a la identificación de los hechos generadores y su respectivo cobro evidenciando la ineficiencia de este importante instrumento de gestión de recursos.

Por otro lado, el Concejo de Bogotá no puede conceder facultades al Alcalde para la creación y funcionamiento del Fondo pues se define como una cuenta especial, con independencia administrativa, patrimonial, contable y estadística, para la inversión y ejecución de recursos destinados a un fin específico.

El cabildante, advierte que el Gobierno Distrital no ha aclarado aún si los 4 billones de pesos que se pretenden recaudar por el desarrollo urbanístico de “Lagos de Torca” son producto del cobro de cargas urbanísticas o de plusvalías y que porcentaje correspondería a cada uno. 

En conclusión, la iniciativa del Alcalde, con la creación del Fondo de Cargas Urbanísticas busca continuar gestionando recursos para financiar los proyectos del Plan de Desarrollo dejando en segundo plano el instrumento de plusvalía, pues este interviene en el mercado del suelo en Bogotá favoreciendo los negocios de los constructores como lo han venido haciendo durante décadas, y no permitirán que sus márgenes de ganancia disminuyan.

 

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