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Procuraduría señala que el Concejo no podía autorizar venta de ETB en el Plan de Desarrollo

El ente de control le entregó un concepto al Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el que afirma que dicha autorización debió tramitarse por un acuerdo distinto. Concepto de la Procuraduría les da la razón a los demandantes.

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El ente de control le entregó un concepto al Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el que afirma que dicha autorización debió tramitarse por un acuerdo distinto. Concepto de la Procuraduría les da la razón a los demandantes.

 

El ente de control le entregó un concepto al Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el que afirma que dicha autorización debió tramitarse por un acuerdo distinto. Concepto de la Procuraduría les da la razón a los demandantes.

En el marco de la apelación de la sentencia que frenó la venta de la ETB, la Procuraduría General de la Nación le entregó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca un concepto en el que concluye que el Concejo no podía autorizar la venta de la empresa en el Plan de Desarrollo.

El documento señala que si el artículo incluido en el Plan de Desarrollo se interpreta como la autorización que exige la Ley 226 de 1995 para enajenar el patrimonio público, “resulta evidente que le asiste razón a los demandantes, por cuanto que el Alcalde Mayor no presentó programa alguno de enajenación, en los términos y condiciones establecidos por la Ley 226 de 1995, y no podría hacerlo, pues no forma parte de los componentes del Plan de Desarrollo“.

Aunque la Procuraduría considera que se debe decretar la legalidad del artículo del Plan de Desarrollo que autorizó la venta de ETB, aclara que debe hacerse en el entendido que dicha autorización “se limita exclusivamente a que puede contemplarse como fuente de financiación del Plan de Desarrollo y no tiene relación alguna con la autorización de que trata el artículo 17 de la Ley 226 de 1995”. Lo anterior significa que el alcalde Peñalosa no podría continuar con el proceso de privatización, lo que significaría una dura derrota para la administración distrital.

“Si el tribunal acoge el concepto de la Procuraduría, los efectos serían iguales a los de la sentencia de primera instancia que ganamos y que frenó la venta. El proceso de privatización iniciado en 2017 se caería de manera definitiva, dándonos la razón a quienes demandamos la norma. El Alcalde no cumplió con los requisitos que exige la ley para los procesos de enajenación y la venta fue incluida como un orangután en la discusión del Plan de Desarrollo”, afirmó el concejal del Polo Manuel Sarmiento.

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