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Terna para la Fiscalía es Legítima y contribuye a superar la inequidad de género

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El pasado 2 de agosto el presidente de la República, Gustavo Petro, envió a la Corte Suprema de Justicia la terna para la elección del próximo Fiscal General de Nación. Es la primera vez que un presidente postula a tres mujeres juristas que cumplen con los requisitos exigidos constitucionalmente para asumir esta función. Se trata de las abogadas Amparo Cerón, Ángela María Buitrago y Amelia Pérez Parra, tres mujeres con trayectoria y reconocidas por su experiencia académica y profesional en escenarios judiciales.

Aunque la participación femenina en la rama judicial es paritaria, en altos cargos se reduce sustancialmente. La integración de la terna por estas tres juristas se presenta como una medida afirmativa que reivindica la necesidad de garantizar una mayor presencia de las mujeres en los altos cargos de las instituciones, una respuesta oportuna frente a una desigualdad y exclusión históricas. Adicionalmente, una terna integrada por mujeres para la elección de un solo cargo no contradice las directrices sobre paridad de género que rigen a los órganos colegiados. De ahí que, en un término oportuno, la Corte Suprema de Justicia deberá debatir y adoptar una decisión para que la nueva Fiscal General de la Nación pueda comenzar su mandato por el período de cuatro años establecido constitucionalmente.

Esta postulación se produce en un momento político y mediático particular, causado por el proceso penal que se adelanta en contra de Nicolás Petro Burgos. Inicialmente, algunos sectores afirmaron que el mandatario estaría impedido para integrar la terna, en un errado análisis de lo que precisa la Constitución Política en lo que respecta a una función que recae de forma exclusiva sobre el presidente, y de las funciones que tiene propiamente quien se desempeñará como Fiscal General de la Nación.

En primer lugar, en la Constitución Política no se determinó una alternativa que permita la atribución de esta facultad a otra autoridad. Bajo la arquitectura institucional actual y el sistema de frenos y contrapesos propuestos por el constituyente a finales del siglo pasado, el Presidente de la República es el único facultado para integrar la terna para Fiscal General. Si él no lo hace, hasta el momento nuestra estructura institucional no prevé cómo resolver esta situación; aunque vale la pena señalar que la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad -CEV- recomendó al Congreso modificar el mecanismo de elección de la Fiscalía. (Apartado impunidad y acceso a la justicia)

Pero más allá de esto, es necesario precisar que la elección del titular de la Fiscalía, no le corresponde al jefe de Estado sino a la Corte Suprema de Justicia. El impedimento, entendido genéricamente como una garantía de imparcialidad que permite la toma de decisiones de forma objetiva y que también implica la separación de una persona de un asunto en particular, debería recaer, si fuera necesario, sobre quienes tienen la capacidad de tomar la decisión, no sobre quien propone las candidaturas.

En tercer lugar, el artículo 251 constitucional prescribe que una de las funciones especiales del Fiscal General de la Nación es la acusación de los aforados constitucionales, mientras que al resto de las personas las investigan y acusan fiscales delegados que gozan de autonomía e independencia, no solo dentro del ordenamiento interno sino bajo las directrices de la ONU sobre la función de los fiscales. El funcionario judicial encargado de adelantar la imputación en contra de Nicolás Petro es un fiscal delegado, pues no estamos ante un aforado constitucional, por lo que el Fiscal General no tiene parte en la mencionada investigación, y por ello, no existe impedimento alguno para que el presidente pueda integrar la terna.

Incluso, en este contexto, y con el fin de garantizar el libre curso y la independencia del proceso penal, el presidente Gustavo Petro   solicitó a la Corte Suprema de Justicia, que una vez elegida la persona que suceda a Barbosa, se considere la posibilidad de que se designe un fiscal ad-hoc para las indagaciones o procesos penales que involucren a miembros de su familia, para garantizar la transparencia con la que estas se adelanten.

Desde la Campaña por la Independencia de la Justicia, hacemos un llamado a distintos sectores de la sociedad para que contribuyan a un debate crítico y serio frente a la coyuntura nacional, en el que se privilegien el respeto por la institucionalidad, por la Constitución y por la autonomía e independencia de los servidores judiciales. La pronta designación de una nueva persona con las mejores credenciales, calidades y experiencia como Fiscal General es una  decisión estratégica para avanzar en la superación de la impunidad, en el eficaz funcionamiento del aparato de justicia de nuestro país y en la garantía de la separación de poderes. Y la designación de una Fiscal, a partir de una terna integrada exclusivamente por mujeres, sería además un mensaje contundente en términos de inclusión y de equidad de género por parte de la Rama Judicial.

#NadiePorEncimaDeLaJusticia

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  18.   Juan Sebastián Quintero Cabrera , Universidad Nacional
  19.   Julia De Castro Andrade, Ciudadana
  20.   Julio Cesar Bonilla Mosquera, Líderes Barriales
  21.   Leidy Jhoana Dávila Cano, Universidad de Antioquia
  22.   Leonor Cortés Bolívar , Colombia Humana
  23.   Luisa Antonia Serrano Gómez , Persona
  24.   Luz Mery Velasquez Carmona , DESDE ADENTRO Grupo Socio Cultural
  25.   Maria Cecilia Lozano, ASOMUDEM
  26.   Maria Cepeda Castro, Vamos Por Los Derechos Internacional
  27.   Maria Jesus Cedeño Sarmiento, FCSPP Atlántico
  28.   Martha Gómez, Viva la Ciudadanía
  29.   Martha Rincón, Colombia humana saint HYACINTHE
  30.   Maureén Maya, Piero x la paz
  31. Mildreth Solandy Hernández Rodríguez, Juventudes Unidas por la Sostenibilidad del Planeta
  32.   Natalie Callejas, NA
  33.   Nívea Esperanza Dorado Guerrero, Independiente
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  35.   Rosario Montoya Hoyos, Ceac
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  37.   Sonia Racines Velásquez, Comunal
  38.   Stella Cano, Escuela de Paz Eje Cafetero
  39.   Vilma Gutiérrez Mendez, MOVICE Meta
  40. Wilfer Antonio Vergara García, Realizador radial Emisora Cultural U deA
  41. Willman Parraci Peña , ANDAS – Asociación Nacional de Ayuda Solidaria, Capítulo Huila
  42.   Wilson Montoya Castro, Sintravidricol

 

Descarga el comunicado aquí Terna-Fiscalia-es-legitima-Comunicado-.docx.pdf Terna-Fiscalia-es-legitima-Comunicado-.docx.pdf

 

tomado de https://ddhhcolombia.org.co

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