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Congresistas del Polo, demandantes del Plan Nacional de Desarrollo, celebran decisión de la Corte Constitucional

Al conocer el fallo de la Corte Constitucional que declaró inexequibles algunos apartes del Plan Nacional de Desarrollo, los congresistas del Polo Democrático Alternativo, Iván Cepeda, Alberto Castilla, Alirio Uribe y Víctor Correa,  manifestaron su beneplácito con la decisión. El alto tribunal les dio la razón a los congresistas demandantes, quienes argumentaron que con las autorizaciones para minería en páramos, Áreas Estratégicas Mineras y macroproyectos de interés nacional, se habían dado facultades excesivas al Gobierno central, que afectaban el ordenamiento territorial y el medio ambiente.

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Al conocer el fallo de la Corte Constitucional que declaró inexequibles algunos apartes del Plan Nacional de Desarrollo, los congresistas del Polo Democrático Alternativo, Iván Cepeda, Alberto Castilla, Alirio Uribe y Víctor Correa,  manifestaron su beneplácito con la decisión. El alto tribunal les dio la razón a los congresistas demandantes, quienes argumentaron que con las autorizaciones para minería en páramos, Áreas Estratégicas Mineras y macroproyectos de interés nacional, se habían dado facultades excesivas al Gobierno central, que afectaban el ordenamiento territorial y el medio ambiente.

La demanda que presentaron los congresistas del Polo y la organización Cumbre Agraria ante la Corte Constitucional en junio de 2015, atacó ejes estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo, y buscaba, según los demandantes, proteger los derechos que tienen las comunidades sobre sus territorios, el medio ambiente, los derechos de las víctimas y la autonomía territorial.
 
Uno de los apartes que la Corte declaró inconstitucional es la entrega a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, de la potestad absoluta para otorgar las licencias para los macroproyectos del gobierno, sin tener en cuenta a las regiones.
 
Otra disposición declarada como inconstitucional es la que priorizaba los denominados Proyectos de Interés Estratégico Nacional PINE,  sobre los procesos de restitución de tierras. En este caso, la Corte Constitucional estableció que prevalece el derecho de las víctimas a pedir que les devuelvan sus predios despojados.
 
En lo concerniente al artículo que contenía una excepción a la prohibición general de realizar actividades mineras y petroleras en ecosistemas de páramos, el Máximo Tribunal eliminó dichas excepciones,  por lo que las empresas mineras y petroleras no podrán seguir operando en esos ecosistemas, donde actualmente existen 448 títulos mineros.
 
La demanda también se dirigió contra los artículos que ampliaban una figura de las concesiones minero-energéticas, denominada Áreas de Reserva Estratégicas Mineras. Según los demandantes y la Corte, con estos preceptos se le entregaron facultades excesivas al Gobierno sobre el ordenamiento territorial, por encima de los entes locales, se desconoce el concepto de desarrollo sostenible, y se estaría violando  el mandato constitucional relacionado con la protección de los campesinos y campesinas y la producción agropecuaria.

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