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Nacional

El bumerán blanco

Por Octavio Quintero  

Nada más útil a la futura democracia colombiana que el voto en blanco pudiera acrisolar la política sumida en un pantano de asco del que sobresalen lacras como la corrupción, el fraude y un grotesco clientelismo alimentado por dineros sucios del narcotráfico  y auxilios parlamentarios hoy llamados

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Por Octavio Quintero  

Nada más útil a la futura democracia colombiana que el voto en blanco pudiera acrisolar la política sumida en un pantano de asco del que sobresalen lacras como la corrupción, el fraude y un grotesco clientelismo alimentado por dineros sucios del narcotráfico  y auxilios parlamentarios hoy llamados

“mermelada”.

Pero, tal como está diseñado ahora, constituye un salto mortal que debe forzosamente superarse a riesgo de morir en el intento, especialmente en el caso de elecciones corporativas en las que no tiene ninguna posibilidad de ser efectivo, ni siquiera ganando en los términos en que algunos lo sustentan en el sentido de que le  basta ser mayoría simple entre todas las demás opciones que se hayan presentado a la contienda electoral, porque a la siguiente ronda pueden volver las mismas listas que hayan pasado el umbral, y ya el voto en blanco, aunque volviera a ganar, no tendría ninguna incidencia en el resultado.
Otra cosa es (no mucha), el voto en blanco en la contienda por cargos de elección popular: Presidente, alcaldes y gobernadores, en donde el triunfo del voto en blanco saca de contienda a todos los candidatos, dejándolos sin ninguna opción de que puedan volver a presentarse.

A manera de reflexión, y sin intención de molestar a nadie, los diligentes impulsores del voto en blanco pareciera que corren el riesgo inconsciente de hacer de “idiotas útiles” del régimen que, nadie duda, quieren castigar con su campaña.

Finalmente, otro ejemplo de que la jurisprudencia en Colombia parece a consciencia diseñada a la carta, son este par de disímiles interpretaciones  extraídas del acto legislativo 01 del 2009 (reforma política) en el que se suprime el término subrayado (…) “cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos” y se deja solo (…) “cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría”.

Unos dicen que ello indica que basta con que los votos en blanco sean mayoría entre las demás opciones, y otros insisten en que deben ser mayoría del total de votos válidos. Ya hay una sentencia del Consejo de Estado a favor de esta última interpretación.
Pero sea una u otra la interpretación que ponga punto final, lo cierto es que en el caso de corporaciones públicas el voto en blanco no pasa de ser un cero a la izquierda  y, si algún efecto tiene, podría ser en contra de las minorías que a fuerza de sortear toda clase de obstáculos sobreviven, mal que bien, en el escenario político que se sigue llamando “democrático” precisamente por la existencia de estas minorías.

13 de febrero de 2014.

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