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Exministro Carlos Bula solicita a Procuraduría abrir investigación disciplinaria contra alcalde Peñalosa y concejal Venus Silva por indebidas conductas administrativas

El exministro de Estado e integrante del Comité Ejecutivo Nacional del Polo Democrático Alternativo, Carlos Bula Camacho, elevó solicitud de apertura de investigación disciplinaria ante el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, contra el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa Londoño y el concejal de esta ciudad, Venus Albeiro Silva, por considerar que han incurrido en “indebidas conductas administrativas”.

En su queja para la apertura de investigación disciplinaria contra el alcalde Peñalosa y el concejal Silva, el exministro Bula Camacho expresa que “es necesario que los hechos ocurridos en el Concejo de Bogotá, con motivo de la discusión del proyecto de acuerdo denominado Plan de Desarrollo, con el contenido de la propuesta de la nociva autorización para la privatización de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB) y demás articulado que atenta contra la población colombiana y la institucionalidad del Estado no queden impunes”.

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El exministro de Estado e integrante del Comité Ejecutivo Nacional del Polo Democrático Alternativo, Carlos Bula Camacho, elevó solicitud de apertura de investigación disciplinaria ante el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, contra el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa Londoño y el concejal de esta ciudad, Venus Albeiro Silva, por considerar que han incurrido en “indebidas conductas administrativas”.

En su queja para la apertura de investigación disciplinaria contra el alcalde Peñalosa y el concejal Silva, el exministro Bula Camacho expresa que “es necesario que los hechos ocurridos en el Concejo de Bogotá, con motivo de la discusión del proyecto de acuerdo denominado Plan de Desarrollo, con el contenido de la propuesta de la nociva autorización para la privatización de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB) y demás articulado que atenta contra la población colombiana y la institucionalidad del Estado no queden impunes”.

La investigación que solicita Bula apunta a que el Ministerio Público devele los “compromisos” a que llegó Peñalosa con el concejal Silva, para que éste contrariando la disciplina de bancada de los cabildantes del Polo Democrático, haya determinado en forma unilateral salvar el Plan de Desarrollo de la administración distrital, de claro acento neoliberal, que atenta los intereses de las grandes mayorías de la capital de la República.

El texto completo de solicitud sustentada de apertura de investigación disciplinaria contra los mencionados servidores públicos de Bogotá, es el siguiente:

Doctor
Alejandro Ordoñez Maldonado
Procurador General de la Nación
E.S.D

Señor Procurador,

Me dirijo a usted en mi condición de ciudadano de la República, identificado como aparece al pie de mi firma, obrando como abogado en ejercicio y en condición de  integrante del Partido Político Polo Democrático Alternativo, de cuyo Comité Ejecutivo Nacional soy miembro suplente, con el fin de presentar respetuosamente ante usted solicitud de iniciar investigación disciplinaria contra las indebidas conductas administrativas realizadas por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C Enrique Peñalosa y el Concejal de Bogotá D.C Venus Albeiro Silva Gómez.

Por supuesto, una vez realizadas dichas investigaciones y demostradas las ilegalidades cometidas, se debe proceder a aplicar ejemplarmente las sanciones disciplinarias correspondientes.

Es necesario que los hechos ocurridos en el concejo de Bogotá, con motivo de la discusión del proyecto de acuerdo denominado Plan de Desarrollo, con el contenido de la propuesta de la nociva autorización para la privatización de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá ETB y demás articulado que atenta contra la población colombiana y la institucionalidad del Estado no queden impunes.

A continuación realizo un relato cronológico y fáctico de los acontecimientos presentados.

  1. La bancada del partido Polo Democrático Alternativo en el Concejo de Bogotá, está integrada por los señores concejales: Manuel Sarmiento Arguello, Álvaro Argote Muñoz, Celio Nieves Herrera, Nelson Castro Rodríguez y, lamentablemente, también el concejal Venus Albeiro Silva.
  2. La Administración Distrital que preside el Alcalde Enrique Peñalosa radicó el 29 de abril de 2016 ante el Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo 179 de 2016, “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2016 – 2020 “Bogotá Mejor para Todos”. La bancada del POLO acordó, en consonancia con el Ideario de Unidad del partido, que se prohíbe todo apoyo a los proyectos de privatización de las empresas de servicios públicos, además de oponerse radicalmente a este proyecto en todo y en parte. Es decir que, con base en su Ideario de Unidad, se debía votar tanto en la Comisión del Plan, donde se le da primer debate a los Proyectos de Acuerdo, como en la Plenaria del concejo en forma negativa a la proposición con la cual termina el informe de la presentación de la ponencia, como el articulado casi completo; lo anterior de acuerdo con la instrucción que de parte de los concejales que hacen parte de la bancada del partido Polo Democrático Alternativo se impartió de no prestarse ninguna colaboración a éste Proyecto de Acuerdo.
  3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 del Acuerdo 348 de 2008, el presidente del Concejo Distrital sometió a sorteo la designación de tres ponentes para presentar el señalado proyecto, siendo elegidos para esta labor los Concejales ANDRÉS FORERO, del partido Centro Democrático; DIEGO ANDRÉS MOLANO APORTE, también del partido Centro Democrático; y VENUS ALBEIRO SILVA GÓMEZ, del partido Polo Democrático Alternativo.
  4. Un primer desacatamiento del concejal Venus Albeiro Silva Gómez a las instrucciones impartidas por la bancada y por el Ideario de Unidad fue el hecho de que aquél concejal siendo parte de la Comisión Primera Permanente del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, votó positivamente a la proposición con la cual termina el informe de la ponencia en donde se abre la metodología de la consideración del articulado, con algunas modificaciones. Al concejal, por parte de los integrantes de la bancada, se le llamó la atención por éste hecho indebido. Comisión Primera Permanente del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial aprobó por mayoría la proposición con la cual termina el informe de la ponencia y buena parte del articulado el día 26 de mayo de 2016. Allí empezaron los acuerdos del concejal Venus Albeiro Silva con el alcalde Enrique Peñalosa.
  5. En reunión de la bancada realizada el jueves 26 de mayo de 2016 en horas de la noche, el concejal Venus Albeiro Silva adquirió la responsabilidad con la ciudadanía, con su bancada y con el partido, de cumplir el compromiso moral que se tiene con los trabajadores de la ETB y con la ciudad de Bogotá de no facilitar la aprobación de éste nefasto proyecto de acuerdo que va en contra de la ciudad y sus habitantes. La bancada le ordenó cumplir con el parágrafo 1° del artículo 72 del Reglamento Interno del Concejo de Bogotá y presentar ponencia tomando todos los días que la ley le otorga .
  6. Sorpresivamente el concejal Venus Albeiro Silva Gómez presentó ponencia para el segundo debate al Proyecto de Acuerdo No. 179 de 2016 el día viernes 27 de mayo de 2015, hacia las 4:30 de la tarde; lo que permitía seguir adelante con la discusión y tener los días lunes 30 y martes 31 de mayo de 2016, para lograr la discusión, votación y aprobación del mismo en un concejo donde la administración distrital, apunta de canonjías, dispone de mayorías. Esta actuación del concejal Venus Albeiro Silva vulneró la orden impartida por la bancada obrando en contravía con lo dispuesto en el Ideario de Unidad del Polo Democrático Alternativo y yendo en detrimento de los intereses de la ciudadanía.
  7. Evidentemente este hecho demuestra que ya se había realizado un acuerdo entre el alcalde mayor de Bogotá Enrique Peñalosa y el concejal Venus Albeiro Silva para diferentes actividades “culturales” y de infraestructura que aquel concejal orienta principalmente en la localidad de Bosa. Sobre esta afirmación existen varios informes periodísticos que dan fe de aquella, como ejemplo se cita al portal de internet www.semana.com donde se menciona: “Algunos funcionarios consultados por Semana.com señalaron que el cabildante opositor capitalizó este ‘vericueto’ legal, ya que al presentar la ponencia le solicitó a la administración recursos para la populosa localidad de Bosa (suroccidente) en donde está su electorado” , así también el portal www.pulzo.com denuncia la actuación del concejal Venus Albeiro Silva y adjunta la foto de la proposición aditiva al Plan de Desarrollo del Alcalde donde aquel concejal presenta un artículo para construcción de vías en Bosa, la cual fue aprobada de forma estrepitosa por un concejo con mayorías peñalosistas Asimismo el portal www.kienyke.com en un artículo del primero de junio de éste año da cuenta de las actividades de contratación del concejal denunciado en la localidad de Bosa . Igualmente en la emisión nocturna del pasado 27 de mayo de 2016, del noticiero CM&, sección 1, 2, 3, se afirmó lo siguiente: “¿Saben cómo se salvó esta noche el Plan de Desarrollo de Peñalosa? (…) Venus logró en menos de 24 horas que el Distrito incluyera 14 mil millones de pesos para la sede de la nueva Filarmónica, $34 mil millones para la Cinemateca Distrital, $1.200 millones para festivales artísticos en toda la ciudad, el presupuesto necesario para construir importantes vías en Bosa, su fortín político. El Concejo ya citó Plenaria para aprobar el Plan el próximo lunes festivo a las 9:00 AM.” En el mismo sentido, durante la entrevista otorgada por el concejal al diario El Espectador, también del 27 de mayo de 2016, el denunciado adujo lo siguiente: Hay quienes dicen que a usted le interesa sacar adelante el Plan porque la administración accedió a incluir ahí la intervención de vías en Bosa, donde usted tiene acogida V.A.S.: He votado negativamente los artículos sobre tributos y la venta de la ETB. Pero también aprobé el que tiene que ver con la construcción de la nueva Cinemateca. Habrá quien diga que por eso me entregué” Por su parte, el portal noticioso La Silla Vacía, en un detallado análisis de la situación del implicado VENUS ALBEIRO SILVA, publicado el viernes 27 de mayo de 2016, aseguró esto: Según cuatro fuentes consultadas por La Silla, ayer, durante la votación del Plan de Desarrollo, Venus intervino para pedir que el proyecto se modificara y se agregaran puntos que de una u otra forma terminarán beneficiando a su fortín, Bosa. Se aprobó un plan de obras donde quedó consignado que la Avenida Ciudad de Cali llegará hasta Bosa y que se hará el parque la Alameda, en el barrio El Porvenir de esa localidad.  Además, según las fuentes, quedó la promesa de que se construirá una calle en el barrio San Bernardino, en el rincón más apartado de la localidad y que permitirá conectarla con su centro. Aunque el Distrito quería incluir esta obra dentro de las que se construirán con recursos de la valorización, el concejal logró retirar esa palabra y que quedara como una obra que se hará con recursos del Distrito.La Administración se comprometió además a dejar un presupuesto de 6 mil 400 millones de pesos para financiar festivales y espectáculos culturales. Aunque esa plata es para toda la ciudad, Venus Albeiro Silva es el “concejal de la cultura” por lo que haber logrado eso seguramente le puede traer réditos políticos”

  8. Como si lo anterior fuera poco, el propio alcalde de Bogotá, en declaraciones concedidas a Blu Radio , mencionó que se habían incluido partidas en el Plan de Desarrollo orientadas a beneficiar al concejal Venus Albeiro Silva Gómez para  favorecer las actividades “socio-culturales” que este concejal orienta en la localidad de Bosa,  además que éste concejal había actuado en democracia. Con este hecho estamos en presencia de una CONFESIÓN DE PARTE, lo que implica una actividad irregular del alcalde y del concejal ya que el alcalde determina la conducta de éste último mediante la inclusión de partidas que lo favorecerían y las cuales no estaban contempladas en el proyecto inicial del Plan de Desarrollo
  9. En este sentido el concejal del POLO Manuel Sarmiento ha solicitado que los órganos de control examinen los contenidos del Plan de Desarrollo en cuanto a las partidas que eventualmente favorecerían al Concejal Venus Albeiro Silva Gómez.
  10. Nos permitimos anexar con esta solicitud, copia de la denuncia penal presentada ante la Fiscalía General de la nación por el analista económico y político Aurelio Suarez Montoya, contra Venus por su presunta comisión de una conducta típicamente establecida en el Código Penal colombiano, de aquella dan cuenta los medios .
  11. Los hechos son tan claros y evidentes que la investigación que su despacho debe adelantar debe ser PRONTA pues de lo contrario, dadas las circunstancias de los hábitos jurídicos nacionales, podríamos perder la oportunidad de corregir éstas actividades viciosas.

Consideraciones en Derecho

El suscrito considera que el concejal de Bogotá D.C Venus Albeiro Silva Gómez y el Alcalde Mayor de Bogotá D.C han incurrido en varias conductas disciplinables prescritas en la Ley 734 de 2002 “por la cual se expide el Código Disciplinario Único.” Así como con varias omisiones que la misma ley prevé.

En ese sentido el libro II, capítulo I, Faltas gravísimas, la citada ley menciona:

“Artículo  48. Faltas gravísimas. Son faltas gravísimas las siguientes:

1. Realizar objetivamente una descripción típica consagrada en la ley como delito sancionable a título de dolo, cuando se cometa en razón, con ocasión o como consecuencia de la función o cargo, o abusando del mismo.  

Se puede considerar que la comisión de estos reprochables hechos por parte del concejal y del alcalde mayor, configuran los siguientes delitos: el cohecho impropio (artículo 406 Código Penal), el tráfico de influencias de servidor público (artículo 411 Código Penal), la asociación para la comisión de un delito contra la administración pública (artículo 434 Código Penal), y otros ilícitos que se puedan llegar a presentar. Por consiguiente opera el numeral primero del artículo 48 del Código Disciplinario Único.

También se puede presentar la conducta prescrita en el numeral cuarto (4) del mismo artículo  48: 

“4. Omitir, retardar y obstaculizar la tramitación de la actuación disciplinaria originada en faltas gravísimas cometidas por los servidores públicos u omitir o retardar la denuncia de faltas gravísimas o delitos dolosos, preterintencionales o culposos investigables de oficio de que tenga conocimiento en razón del cargo o función.” 

Esto dado que el concejal tenía conocimiento de que se estaba presentando una falta gravísima cometida por el alcalde y que tenía como fin obtener una actuación favorable del cabildante orientada a salvar el Plan de Desarrollo.
En ese sentido también los numerales 41 y 42 del citado artículo 48 mencionan como faltas gravísimas:

“41. Ofrecer el servidor público, directa o indirectamente, la vinculación de recomendados a la administración o la adjudicación de contratos a favor de determinadas personas, con ocasión o por razón del trámite de un proyecto legislativo de interés para el Estado o solicitar a los congresistas, diputados o concejales tales prebendas aprovechando su intervención en dicho trámite.

42. Influir en otro servidor público, prevaliéndose de su cargo o de cualquier otra situación o relación derivada de su función o jerarquía para conseguir una actuación, concepto o decisión que le pueda generar directa o indirectamente beneficio de cualquier orden para sí o para un tercero. Igualmente, ofrecerse o acceder a realizar la conducta anteriormente descrita.”
Estas faltas gravísimas son las protuberantes y demostrables con toda claridad, rebosan las pruebas que certifican la comisión de estas faltas por parte del alcalde de Bogotá Enrique Peñalosa y el concejal Venus Silva.

Competencia
Es usted competente señor Procurador General de iniciar y llevar a término el proceso disciplinario contra estos dos funcionarios públicos por la flagrante comisión de las conductas prescritas en el Código Disciplinario Único. 

Notificaciones
La procuraduría General de la Nación me puede contactar a la dirección Cra 56 b No 127 – 41 Interior 7 teléfonos: 3168330230 y 7459144 , correo electrónico carlos_bula@yahoo.com

Atentamente

CARLOS BULA CAMACHO
CC 17.085.890
TP 116.603

 

http://lasillavacia.com/historia/venus-se-alinea-con-el-plan-de-penalosa-55978

http://www.elespectador.com/noticias/bogota/mi-no-se-iba-salvar-etb-concejal-venus-albeiro-silva-articulo-634807

http://www.notasobreras.net/index.php/nacional/bogota/603-el-precio-de-venus-el-mercenario

http://www.semana.com/nacion/articulo/bogota-venus-albeiro-silva-presento-ponencia-para-el-plan-de-desarrollo-en-bogota/475406

http://www.pulzo.com/nacion/acusan-de-traidor-a-venus-albeiro-silva-por-salvar-plan-de-penalosa/PP57223

Los proyectos de Acuerdo aprobados en primer debate deben remitirse a la Secretaría General, previa publicación, para ser sometidos a segundo debate en la Plenaria de la Corporación, máximo dentro de los tres (3) días calendario siguientes a su aprobación en la Comisión respectiva, tiempo durante el cual se deberá radicar la ponencia para segundo debate.

http://www.semana.com/nacion/articulo/bogota-venus-albeiro-silva-presento-ponencia-para-el-plan-de-desarrollo-en-bogota/475406.  

https://www.youtube.com/watch?v=k7nJVsy_jmA   

http://www.elespectador.com/noticias/bogota/mi-no-se-iba-salvar-etb-concejal-venus-albeiro-silva-articulo-634807   

http://lasillavacia.com/historia/venus-se-alinea-con-el-plan-de-penalosa-55978   

Numeral declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia  C-124 de 2003, y por la C-720 de 2006.”

Texto subrayado declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-1076 de 2002 por los cargos analizados

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