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Senador Castilla pregunta a Minsalud razones del letargo en sanción de Ley estatutaria de Salud

El senador del Polo Democrático Alternativo, Alberto Castilla Salazar envió este 22 de enero una petición al Ministro de Salud, Alejandro Gaviria preguntando por las razones en virtud de las el gobierno se ha negado a sancionar la Ley Estatutaria de Salud, norma que fue aprobada por el Congreso de la República el pasado 20 de junio de 2014.

Las leyes estatutarias deben ser revisadas previamente por la Corte Constitucional antes de efectuarse la sanción presidencial.

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El senador del Polo Democrático Alternativo, Alberto Castilla Salazar envió este 22 de enero una petición al Ministro de Salud, Alejandro Gaviria preguntando por las razones en virtud de las el gobierno se ha negado a sancionar la Ley Estatutaria de Salud, norma que fue aprobada por el Congreso de la República el pasado 20 de junio de 2014.

Las leyes estatutarias deben ser revisadas previamente por la Corte Constitucional antes de efectuarse la sanción presidencial.

En la sentencia C-313 de 2014 la Corte declaró la constitucionalidad de la mayor parte de la ley, pero ajustando en gran medida su texto a los principios y derechos constitucionales, explicó el congresista.

Con ello, agregó el senador Castilla, la Corte dio un golpe a los propósitos del gobierno (autor de la iniciativa legislativa), pues la Ley Estatutaria que resultó después de la sentencia es sustancialmente distinta a la que aprobó el Congreso, ya que otorga un marco más amplio y garantista al derecho a la salud.

Hasta ahora el gobierno se ha negado a sancionar la ley, como es su deber, sin que existan motivos legales fundados que justifiquen este incumplimiento, agregó el senador del Polo.

Con seguridad el Presidente es consciente de que tiene el deber de sancionarla. Por ello, el senador Castilla decidió preguntarle directamente al ministro del ramo sobre los motivos de semejante incumplimiento.

Entre tanto, varias voces continúan exigiéndole al presidente Santos la firma de la ley. 

El texto de la carta enviada por el senador Castilla al titular de la cartera de Salud es el siguiente:

Doctor
Alejandro Gaviria
Ministro
Ministerio de Salud y de la Protección Social
Ciudad.

Respetado Doctor Gaviria:

Reciba un cordial saludo. Comedidamente le solicito, de conformidad con lo establecido en el artículo 258 de la Ley 5ª de 1992 (Solicitud de informes por los congresistas. Los Senadores y Representantes pueden solicitar cualquier informe a los funcionarios autorizados para expedirlo, en ejercicio del control que corresponde adelantar al Congreso.  En los cinco (5) días siguientes deberá procederse a su cumplimiento), atienda el siguiente requerimiento:

Como es de su conocimiento, el Congreso de la República aprobó la Ley Estatutaria de Salud que tuvo origen gubernamentalel 20 de junio de 2014. El 29 de mayo del mismo año, la Corte expidió la sentencia C-313 de 2014, mediante la cual estudió la constitucionalidad de la mencionada ley -debido a su naturaleza de ley estatutaria-, declarando la constitucionalidad general de la misma, la inexequibilidad de algunos apartes y la constitucionalidad condicionada de varios de sus aspectos.

Debido a algunos errores de transcripción, la Corte expidió el Auto 377 en diciembre de 2014, con el ánimo de corregirlos y subsanar los yerros detectados. De esta manera, el Auto en mención se adicionó a la sentencia C-313 de 2014, con lo cual se completó el procedimiento que deben surtir las leyes estatutarias antes de la sanción presidencial. Teniendo en cuenta lo anterior, el Presidente de la República debía haber cumplido con su obligación de sancionar la ley en comento, ya que los plazos para enviar objeciones al Congreso ya se vencieron.

Debido a que su Ministerio está directamente interesado en el trámite de la ley, por ser el tema de su competencia, le solicitamos que responda las siguientes preguntas:

PETICIÓN

1. Teniendo en cuenta que la sanción de las leyes es una obligación legal y constitucional del Presidente, ¿cuál es el motivo para que éste no haya cumplido con dicha obligación y hasta el momento esté pasando por altos los plazos que la Constitución y la ley le imponen?

2. ¿El Ministerio que usted dirige ha recomendado al Presidente no sancionar la ley estatutaria de salud? Si es así, por favor indique las razones que han motivado a su despacho a hacer tal recomendación.

3. En una entrevista otorgada al diario El Espectador el 10 de enero de 2015, usted realizó la siguiente afirmación, ante la pregunta del Periodista sobre las razones por las cuales hasta ahora no se ha sancionado la ley estatutaria de salud: “revisando la sentencia de 534 páginas encontramos un error, en una parte crucial, en la forma como se plantea la prohibición de prestar servicios en el exterior. La Corte lo corrigió, pero ahora debe ir al Congreso. Eso se va a solucionar”. Como se mencionó al inicio de esta petición, y como usted mismo lo afirma en la entrevista, la Corte ya corrigió el error mediante el Auto 377 de 2014; sin embargo, no encontramos fundamento legal que sostenga que, por el yerro ya corregido por la Corte, la ley deba volver al Congreso. Mucho menos que ello sea un impedimento para que el Presidente la sancione. Por lo anterior le formulo las siguientes preguntas: ¿cuál es la base jurídica sobre la que fundamentó su respuesta al periodista?; ¿considera su despacho que un error de redacción, ya corregido por la Corte, es razón suficiente para demorar el cumplimiento de un deber constitucional como es el de sancionar las leyes aprobadas por el Congreso?; ¿cuál es el trámite que, según usted, debe adelantar el Congreso de la República frente a la mencionada ley?

De antemano agradezco su colaboración.

Cordialmente,

ALBERTO CASTILLA SALAZAR
Senador de la República
Polo Democrático Alternativo

C.c.: Control Interno Disciplinario.

 

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