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Evadir impuestos y delitos conexos, ¿secreto de Estado?

Por José Roberto Acosta  

Un gran escándalo por posible fraude fiscal involucra al banco HSBC en Suiza.

Este “Swiss Leaks” ha puesto al descubierto a personalidades del planeta que, al ser citados en la Lista Falciani, estarían involucrados en el tránsito de más de US$180.000 millones para evadir impuestos. Aparecen mencionados varios colombianos, pero cabe decir que tener dineros en el exterior es legal si se declaran ante la DIAN.

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Por José Roberto Acosta  

Un gran escándalo por posible fraude fiscal involucra al banco HSBC en Suiza.

Este “Swiss Leaks” ha puesto al descubierto a personalidades del planeta que, al ser citados en la Lista Falciani, estarían involucrados en el tránsito de más de US$180.000 millones para evadir impuestos. Aparecen mencionados varios colombianos, pero cabe decir que tener dineros en el exterior es legal si se declaran ante la DIAN.

Desafortunadamente, Suiza ha sido utilizada por algunos como un paraíso fiscal de la evasión, práctica ilegal pero no penalizada en Colombia, a pesar de que la doble contabilidad o el ocultamiento de información a la DIAN, entre otras muchas conductas, conlleva delitos de falsedad en todas sus formas. Algo que la recientemente creada Policía Económica y Financiera de la Fiscalía General de la Nación deberá investigar a fondo, pues hasta el momento las prácticas de evasión de impuestos sólo se quedan en la mera sanción administrativa, sin que trascienda a la jurisdicción penal la investigación de conductas punibles conexas.

Actualmente, si la DIAN descubre, prueba y se presta a condenar a un evasor, éste puede allanarse dentro de los términos de ley a pagar la multa correspondiente y acogerse al artículo 583 del estatuto tributario, que consigna la “reserva de la declaración” tributaria con base en el artículo 15 de nuestra Constitución Política, que protege el derecho a la intimidad personal y buen nombre de los ciudadanos, sin embargo, debe considerarse que quien consigna falsedades en su declaración de renta no merece buen nombre ni ser ocultado por estas leyes, ya que habría cometido delito de falsedad y también de hurto (peculado) a la Nación. Esta aplicación de las normas se traduce en la práctica en un encubrimiento a posibles delincuentes. ¿Es constitucional que exista secreto de estas decisiones sancionatorias del Estado?

Ha sido imposible encontrar las cifras oficiales del recaudo por multas a evasores, sin embargo, el exdirector de la DIAN Juan Ricardo Ortega, en entrevista publicada en la revista Semana el 29 de marzo de 2014, informó que en los años 2012 y 2013 se recaudaron por este concepto más de $4 billones, cifra sin precedente en la historia y que indica un desfalco mucho mayor contra la Nación por parte de los evasores que, en algunos casos, apelando a la cuestionable figura de reserva de la declaración, tapan con dinero sus delitos conexos, dejando correr tranquilamente la prescripción de sus conductas punibles y beneficiándose de este indefendible “secreto de Estado”.

El Espectador, Bogotá.

 

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