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SEÑORES GRUPO AVAL, RAZONABILIDAD POR FAVOR

En febrero pasado en la Asamblea del Magdalena dimos un fuerte debate por la pretendida adición de $50 mil millones de un préstamo bancario para construir la doble calzada del Rodadero y un Polideportivo para Santa Marta. Mi reclamo inicial era que la Gobernación gastase $25 mil millones en otro parque para Santa Marta, ciudad que recién acababa de recibir 46 parques en sus barrios y doce nuevos escenarios deportivos para los juegos Bolivarianos, mientras le niega $15 mil millones a una Universidad en el Banco para nuestra discriminada subregión Sur. Mi segundo reclamo fueron las serias dudas legales sobre la pretendida operación de crédito, a la cual antes habíamos negado facultades porque nunca se anexaron los requisitos legales a la solicitud, por lo que no veía pertinente adicionar un recurso que no existía.

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En febrero pasado en la Asamblea del Magdalena dimos un fuerte debate por la pretendida adición de $50 mil millones de un préstamo bancario para construir la doble calzada del Rodadero y un Polideportivo para Santa Marta. Mi reclamo inicial era que la Gobernación gastase $25 mil millones en otro parque para Santa Marta, ciudad que recién acababa de recibir 46 parques en sus barrios y doce nuevos escenarios deportivos para los juegos Bolivarianos, mientras le niega $15 mil millones a una Universidad en el Banco para nuestra discriminada subregión Sur. Mi segundo reclamo fueron las serias dudas legales sobre la pretendida operación de crédito, a la cual antes habíamos negado facultades porque nunca se anexaron los requisitos legales a la solicitud, por lo que no veía pertinente adicionar un recurso que no existía.

 

Por Edward Torres Ruidiaz. Diputado del Magdalena
@edwardruidiaz

En febrero pasado en la Asamblea del Magdalena dimos un fuerte debate por la pretendida adición de $50 mil millones de un préstamo bancario para construir la doble calzada del Rodadero y un Polideportivo para Santa Marta. Mi reclamo inicial era que la Gobernación gastase $25 mil millones en otro parque para Santa Marta, ciudad que recién acababa de recibir 46 parques en sus barrios y doce nuevos escenarios deportivos para los juegos Bolivarianos, mientras le niega $15 mil millones a una Universidad en el Banco para nuestra discriminada subregión Sur. Mi segundo reclamo fueron las serias dudas legales sobre la pretendida operación de crédito, a la cual antes habíamos negado facultades porque nunca se anexaron los requisitos legales a la solicitud, por lo que no veía pertinente adicionar un recurso que no existía. Al menos eso creí entonces y así lo radiqué en mi proposición en la cual, entre otros, propuse que, de darse la operación de crédito público, se le abriese un rubro de $10 mil millones para la Universidad del Sur y citaba al Secretario de Hacienda para que explicase las serias dudas legales del crédito y avalase las modificaciones. Pero mi proposición fue negada en la Asamblea y la adición original, con todas sus dudas, fue aprobada por la plenaria.

La Gobernación continuó calladamente el trámite del crédito, aumentando mis dudas iniciales. Las facultades para contratar el préstamo, inicialmente negadas, aparecieron sorpresivamente “revividas” en la Ordenanza 043 de 2016 pero con una redacción imprecisa y las mismas irregularidades de aquellas inicialmente eliminadas, es decir no especificaba el “cupo de endeudamiento” o valor del préstamo, ni los proyectos a financiar, ni su inclusión en el Plan de Desarrollo, requisitos exigidos por el Decreto 1222 de 1986. Obviamente, sin valor del crédito era imposible determinar el saldo de la deuda, intereses e indicadores exigidos por las leyes 358 de 1997, 819 de 2007 y los respectivos análisis de garantías, además de no anexar la autorización del Comité del Reestructuración de Pasivos, entre otras.

Esas falencias fueron las que intentaron ser posteriormente cubiertas por la Gobernadora mediante el Decreto 0665 de 2017, en el cual estableció un “cupo de endeudamiento” por $50 mil millones y detalló los proyectos. Segunda irregularidad, al asumir por Decreto facultades exclusivas de la Asamblea. En el mismo Decreto también otorgó como garantía del préstamo los ingresos corrientes de libre destinación, incurriendo en la tercera irregularidad pues el artículo 11 de la ley 358 de 1997 establece que sólo podrían destinarse como garantía ingresos específicos del mismo sector de los proyectos a financiar.

Estas son apenas tres claras irregularidades legales de este proceso, entre otras seis no menos importantes, por las cuales solicité a los Bancos de Bogotá, Popular y Occidente, entidades del grupo Aval, revisar y, en lo pertinente, suspender dicha operación de crédito público.

Los bancos no son simples receptores de documentación en una operación de crédito público, así lo han advertido suficientemente la ley, la Superfinanciera, Minhacienda y hasta la Procuraduría, que, por el contrario, exijen a estos el deber de verificación de los requisitos legales. La ley 819 de 2007 advierte que, de no cumplir los preceptos legales, como es este caso, la Gobernación deberá devolver los recursos y los bancos no tendrían derecho a cobrar intereses ni gastos. Uno esperaría que por esas simples razones técnicas de riesgo, los bancos acojan mi solicitud. No obstante, el Banco de Bogotá me responde de manera general que el proceso está “revestido de legalidad” y, por el contrario, me advierte por extralimitación de mis funciones legales. La Gobernación aún no responde.

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